El TSJCV se declara incompetente para instruir las piezas 2 y 3 tras renunciar Blasco a su acta de diputado

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) se ha declarado incompetente para instruir las piezas 2 y 3 del 'caso Cooperación' --relativas a subvenciones por parte de la extinta Conselleria de Solidaridad a distintas ONGs entre los años 2009 a 2012, y al proyecto de construcción de un hospital en Haití tras el terremoto-- tras renunciar Rafael Blasco a su acta de diputado en las Corts y quedarse el procedimiento sin aforados.
Blasco en un momento del juicio
Blasco en un momento del juicio
EUROPA PRESS
Blasco en un momento del juicio

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) se ha declarado incompetente para instruir las piezas 2 y 3 del 'caso Cooperación' —relativas a subvenciones por parte de la extinta Conselleria de Solidaridad a distintas ONGs entre los años 2009 a 2012, y al proyecto de construcción de un hospital en Haití tras el terremoto— tras renunciar Rafael Blasco a su acta de diputado en las Corts y quedarse el procedimiento sin aforados.

Blasco renunció a su acta el 29 de mayo tras haber sido condenado a la pena de ocho años de prisión y 20 de inhabilitación por tráfico de influencias, prevaricación, falsedad documental y malversación de caudales públicos, dentro de la pieza 1 del 'caso Cooperación', relativa a las ayudas a la Fundación Cyes.

El exdiputado y exconseller de Solidaridad y Ciudadanía, quien fue condenado por el desvío de ayudas en proyectos de cooperación y por evitar que llegaran a Nicaragua algo más de 1,5 millones de euros para trabajos de agua potable y canalización, renunció a su acta pero siempre ha mantenido que es "inocente". De hecho, ha recurrido su condena ante el Tribunal Supremo.

El TSJCV tiene competencia para instruir y conocer causas penales que el Estatuto de Autonomía le reserva, entre ellas, los delitos que hayan podido cometer los diputados de las Corts, que adquieren la condición de aforados. Si este cargo deja de ostentarse, también decae el presupuesto de esta Sala.

Por ello, tras renunciar Blasco a su acta, y elevar la magistrada instructora una consulta a la Sala por las piezas 2 y 3 del procedimiento, el TSJCV ha resuelto que no es el competente para completarlas, por lo que las remitirá al Decanato de los Juzgados para su reparto al órgano de Instrucción que corresponda.

PIEZAS 2 Y 3

La pieza 2 del procedimiento se centra en presuntos delitos cometidos con ocasión de la concesión y gestión de subvenciones en materia de cooperación al desarrollo a distintas ONGs durante los años 2009, 2010 y 2011 —delitos de fraude de subvenciones, prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y falsedad documental—.

En concreto, en esta parte del procedimiento se investiga la utilización que hizo la Fundación Hemisferio de pequeñas ONGs —Fudersa, Ceiba o Esperanza sin Fronteras, entre otras— para conseguir subvenciones de la extinta Conselleria de Solidaridad.

Por su parte, la pieza 3 investiga supuestos delitos cometidos con ocasión de las acciones institucionales aprobadas para la reconstrucción de Haití tras el terremoto —delitos de fraude de subvenciones, prevaricación, malversación y falsedad—.

La Fundación Hemisferio recibió 175.000 euros de la Conselleria como asesora técnica sobre la construcción de un hospital en Haití, en el que la Generalitat iba a invertir otros cuatro millones de euros, pero no lo llegó a realizar al hacerse pública una investigación sobre estas ayudas.

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