El Supremo da firmeza a la absolución del profesor de Villabrágima (Valladolid) acusado de abusar de cinco alumnas

El docente estuvo suspendido de empleo y sueldo durante más de un año y tuvo prohibido acercarse a la localidad

El Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia absolutoria de M.C, quien fuera profesor desde 2006 del Colegio Rural Integrado (CRAE) de Villabrágima y que en marzo de 2012 fue acusado de abusar sexualmente de cinco niñas del centro, dos de ellas de 3 años y tres de 9, a raíz de lo cual estuvo suspendido de empleo y sueldo durante más de un año y se le aplicó, como medida de seguridad, la prohibición de acercarse incluso a la localidad.

Pese a que el Ministerio Fiscal había solicitado para el docente una pena de 10 años de cárcel y 12 de inhabilitación, junto con el pago de indemnizaciones por importe de 3.000 euros, que en el caso de la acusación particular se elevaban a 24 años de privación de libertad, 48 de inhabilitación y 6.000 euros de indemnización para cada víctima, finalmente la Sección Cuarta de lo Penal acordó absolver el pasado mes de abril a M.C. al no observar actuación delictiva alguna en su conducta.

La acusación particular había anunciado la presentación de un recurso de casación ante el Supremo, si bien no llegó finalmente a formalizarlo, de ahí que el fallo de la Audiencia de Valladolid haya cobrado firmeza definitiva, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En el caso de dos de las menores, de 3 años, quienes, según las acusaciones pública y privada, habían sido objeto de tocamientos en sus partes íntimas, el tribunal dejó constancia de que ambas no sólo no declararon en la vista oral del juicio sino que tampoco en la fase de instrucción, sin ser siquiera exploradas por perito psicólogo alguno a presencia del juez y de las partes, de ahí que con respecto a ellas la única versión con que se cuenta es la proporcionada por sus progenitores.

Así, la sala entendió que tal circunstancia "privó a la defensa de la celebración de un juicio con todas las garantías", pero además, "y si teniendo en cuenta la doctrina jurisprudencial ello ya fuera suficiente para absolver al procesado", añadió que en el caso de dichas menores no había quedado acreditado el "ánimo libidinoso" del docente de Educación Infantil, cuya labor, recuerda el tribunal, "no se queda en la mera educación y enseñanza sino que en multitud de ocasiones, en ausencia de los padres, desempeñan tareas propias de aquellos, como son vestirles adecuadamente para que no cojan frío limpiándoles los mocos, consolándoles cuando lloran...etc".

Interpretación errónea de su actuación

Y es que el tribunal, que atribuyó la denuncia y alarmismo generado entre los padres de los menores a una interpretación errónea del comportamiento del acusado, insistió en que la actuación de M.C. "debe enmarcarse en el contexto psicosocial propio de una Educación Infantil", al tiempo que absolvió también al profesor de los abusos que las acusaciones sostenían que había practicado sobre otras tres niñas de 9 años.

En este sentido, aunque se cuenta con el testimonio de las tres afectadas, que comparecieron en el acto del juicio oral, la Audiencia de Valladolid contextualizó las palmadas o azotes en el culo propinados por el ahora absuelto en "el intento de animar a sus alumnas, sin malicia alguna ni ánimo libidinoso, a que realicen bien las tareas encomendadas".

En los fundamentos de derecho de la sentencia absolutoria, el tribunal hizo constar asimismo, haciendo suyo un informe pericial, que en el acusado no concurren los perfiles, rasgos o signos propios de un pederasta ni en el primero ni en el segundo caso.

"Ningún informe pericial revela transtorno de la personalidad alguno en el procesado", apuntaba el tribunal sentenciador, que al mismo tiempo advirtió de que los hechos denunciados no tuvieron por escenario sitios aislados sino que se produjeron delante de sus alumnos, bien en clase o bien en el gimnasio, lo que descarta "secretismo, premios o regalos, amenazas o castigos".

La denuncia de los padres, quienes hablaban de "tocamientos" a sus hijos, llevó a la Guardia Civil a abrir una investigación y a la Consejería de Educación a apartar al docente de sus funciones de forma cautelar, hasta el esclarecimiento del caso.

De forma paralela, la juez del Juzgado de Medina de Rioseco (Valladolid) imputó varios delitos de abuso sexual al docente, a quien dejó en situación de libertad provisional, con la prohibición de acercarse a los menores y sus padres a una distancia de 500 metros, así como del centro escolar y de la localidad de Villabrágima hasta que concluyera la tramitación de la causa.

El acusado era el profesor encargado de las clases de psicomotricidad de los niños del primer curso de Educación Infantil en el centro educativo de Villabrágima, a 51 kilómetros de Valladolid capital e integrado en el Colegio Rural Agrupado (CRA) Villas del Sequillo, que aúna también a los de Urueña, Villagarcía, Tordehumos y San Pedro.

Su defensa, una vez obtenido el fallo absolutorio, lamentó en su momento el trato injusto e inexplicable recibido por su patrocinado, "profesor vocacional con una carrera desarrollada de forma impecable" y que a raíz de lo ocurrido, que atribuye a la "alarma social que interpreta erróneamente conductas estrictamente profesionales", se ha visto sumido en una profunda depresión.

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