Qué puede hacer una comunidad de propietarios para cobrar cuando el moroso es un banco

  • Al cierre de 2013, a las comunidades de vecinos se les adeudaban 1.798 millones de euros, cifra que podría llegar a los 2.000 millones en 2014.
  • La deuda de la banca con las comunidades representa el 16% del total.
  • Si no funciona la reclamación extrajudicial al banco deberemos interponer una demanda de reclamación de cuotas.
Viñeta sobre la morosidad.
Viñeta sobre la morosidad.
José Manuel Esteban
Viñeta sobre la morosidad.

El Consejo General de Administradores de Fincas (Cgcafe) calcula que a las comunidades de vecinos de toda España se les adeudaban 1.798 millones de euros al cierre de 2013. Las previsiones para este año son que la deuda crecerá un 12,5%, hasta los 2.022 millones de euros.

Es un problema gravísimo con la crisis económica como trasfondo. Calculan los administradores de fincas que en España cuatro de cada diez propietarios no pueden asumir derramas. Así, los impagos en las comunidades de vecinos se han duplicado en los últimos cuatro años.

Según Cgcafe, aproximadamente un 16% –depende de las zonas– de esas deudas corresponden a bancos que se han quedado con la propiedad de pisos y que no están pagando las cuotas. El 37% corresponde a las promotoras y el 47% a particulares.

Exigirle el cobro a un vecino moroso es complicado pero asequible, pero ¿quién puede con un banco? Y sin embargo con las entidades financieras sí es posible reclamar. Eso sí, el proceso es largo y complicado. Desde el despacho de abogados Sanahuja Miranda dan algunas pistas sobre cómo afrontar el problema de que el moroso sea un banco.

Supone un grave perjuicio a la comunidad de vecinos porque la abocan a “no cumplir con las actuaciones presupuestadas, causando agravios evidentes con los vecinos que sí que cumplen con sus obligaciones frente a la comunidad”, explica Ignasi Vives en el blog del bufete.

Según él, “las entidades bancarias se están convirtiendo en los principales vecinos morosos de las comunidades de propietarios”. El principal problema para solucionar el problema pasa por encontrar un interlocutor válido “ya sea por la propia falta de organización de las propias entidades o por su falta de interés en regularizar la situación”.

En principio debe intentarse la reclamación extrajudicial. Si no funciona, explican en Sanahuja Miranda, deberemos acudir a una acción judicial, interponiendo una demanda de reclamación de cuotas. Necesitamos para ello:

  • Acuerdo de la junta de propietarios recogido en el libro de actas de la comunidad
  • Certificado de deuda emitido por el administrador o secretario y firmado por el presidente
  • Requerimiento fehaciente previo al comunero deudor

El proceso, ya dijimos, es farragoso y largo pero suele dar frutos. Después de todo, los bancos conocen lo fácil que resulta embargar sus bienes en caso de impago. Por ello el bufete barcelonés asegura que “rara vez ante una sentencia firme que les condena al pago de las cuotas comunitarias el banco se niega a pagar”.

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