La Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía multa Auttacor con 139.000 euros

La Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía ha impuesto a la Asociación Provincial de Trabajadores Autónomos de Auto Taxi de Córdoba (Auttacor) tres multas por un total de 139.000 euros por prácticas monopolísticas, según ha informado la organización de consumidores Facua-Andalucía.

La Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía ha impuesto a la Asociación Provincial de Trabajadores Autónomos de Auto Taxi de Córdoba (Auttacor) tres multas por un total de 139.000 euros por prácticas monopolísticas, según ha informado la organización de consumidores Facua-Andalucía.

El Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía ha dictado una resolución, con fecha de este viernes y recogida por Europa Press, sobre el expediente sancionador incoado por el Departamento de Investigación de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía a la Asociación Provincial de Trabajadores Autónomos de Auto Taxi de Córdoba, por una supuesta infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia consistente en la aprobación y aplicación de un acuerdo de reparto de mercado de los servicios de traslado de pacientes con cargo al Servicio Andaluz de Salud (SAS).

Igualmente, se sanciona una posible infracción consistente en el establecimiento de una obligación de exclusividad en la pertenencia y prestación de servicios en el seno de la Asociación dificultando gravemente la entrada y desarrollo de actividad a nuevos operadores en el mercado; otra supuesta infracción consistente en una decisión para limitar o controlar la distribución en la modalidad de prestación de servicios de autotaxi a demanda telefónica, discriminando a los socios que cuentan con segundos conductores; así como una supuesta infracción consistente en un acuerdo de fijación de precios para los traslados al Conjunto Arqueológico de Madinat-al Zahra.

El expediente a Auttacor tiene su origen en la denuncia presentada por un taxista de Córdoba titular de una licencia municipal de auto-taxi. Fue socio de Auttacor hasta el 9 de noviembre de 2011, cuando fue expulsado de la misma por "incumplimiento de sus deberes profesionales de conformidad con lo previsto en el artículo 17.c) de los Estatutos, así como por la comisión de una falta muy grave, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33º.3.c) del

Rri auttacor".

Por todo cuanto antecede, vista la propuesta de resolución elevada por el Departamento de Investigación de la Agencia, vistos los preceptos legales y reglamentarios citados y los demás de general aplicación, el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía ha resuelto declarar acreditada la existencia de una infracción del articulado de la Ley de Defensa de la Compentencia consistente en la aprobación y aplicación de un acuerdo de reparto de mercado de los servicios de traslado de pacientes con cargo al SAS.

Igualmente, se acredita la existencia de una infracción por el establecimiento de una obligación de exclusividad en la pertenencia y prestación de servicios en el seno de Auttacor, la expulsión de socios basada, entre otros, en tales motivos, y la adopción de actividades disuasorias tendentes a impedir la colaboración con otras asociaciones, lo que constituyen conductas encaminadas a impedir o limitar la competencia dificultando gravemente la entrada y desarrollo de su actividad a nuevos operadores en el mercado.

De otro lado, ha quedado confirmado que se limita o controla la distribución en la modalidad de prestación de servicios de auto-taxi a demanda telefónica, discriminando a los socios que cuentan con segundos conductores, a los que se limita el acceso a la emisora Radio Taxi.

Por ello, la Agencia declara responsable de dichas prácticas restrictivas a la empresa Asociación Provincial de Autónomos de Auto Taxi de Córdoba e impone a la misma una sanción de 48.614,39 euros por la comisión de la primera infracción; otra sanción de 45.308,58 euros por la segunda conducta infractora; y otra sanción de 45.308,58 euros por la tercera conducta infractora. En total, la suma de las sanciones a imponer a la Auttacor asciende a 139.231,55 euros.

De otro lado, la resolución declara el archivo del expediente sancionador en relación con la conducta relativa al acuerdo de precios para los traslados y las horas de espera al Conjunto Arqueológico de Madinat-al Zahra, al no haberse podido acreditar la existencia de una infracción imputable a la Asociación.

El sexto punto de la resolución es intimar a Auttacor para que en el plazo de cuatro meses a contar desde la notificación de esta resolución, modifique toda aquella normativa interna que pueda ser contraria a las normas de competencia conforme a lo contenido en la presente resolución, así como se abstenga de su aplicación desde la fecha de esta resolución. "En caso de incumplimiento se le impondrá una multa coercitiva de 600 euros por cada día de retraso".

Además, se impone a Auttacor la obligación de remitir a todos sus asociados el contenido íntegro de esta resolución, así como que justifique ante la Agencia de Defensa de la Competencia el cumplimiento de las obligaciones impuestas.

Por último, la Agencia insta a la Secretaría General a que vele por la adecuada y correcta ejecución de esta resolución y al Departamento de Investigación de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía a vigilar su cumplimiento.

Cabe resaltar que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que puede interponerse el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación.

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