Gobierno aprueba la nueva norma de calidad de derivados cárnicos que "actualiza y simplifica la regulación"

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se aprueba la nueva norma de calidad de derivados cárnicos, cuyo objetivo es actualizar y simplificar la regulación actual, recogida en nueve normas diferentes, recopilando en un solo texto esta normativa dispersa relacionada con la calidad de los derivados cárnicos.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se aprueba la nueva norma de calidad de derivados cárnicos, cuyo objetivo es actualizar y simplificar la regulación actual, recogida en nueve normas diferentes, recopilando en un solo texto esta normativa dispersa relacionada con la calidad de los derivados cárnicos.

La norma garantizará que los consumidores adquieran productos de calidad y perfectamente caracterizados. Además, mejorará la información que reciben, clarificando las denominaciones de venta.

Asimismo, tiene como finalidad integrar toda la variedad de derivados cárnicos que se pueden encontrar en el mercado. Así, se avanza en el objetivo de favorecer la unidad de mercado y la eliminación de obstáculos al desarrollo de la actividad económica.

Además, se ha adaptado la nueva regulación a la normativa comunitaria aplicable, de carácter horizontal.

Tipificación de los productos

La norma caracteriza los derivados cárnicos, en una primera tipificación, en función de si son tratados por el calor o no. En el primer grupo los productos se agrupan en función de la intensidad del tratamiento térmico aplicado. Mientras, en el segundo se clasifican según el tipo concreto de tratamiento aplicado: curado-maduración, oreado, marinado-adobado: salmuerizado, incluidos otros derivados cárnicos que no han sido sometidos a tratamiento.

Del mismo modo, cuando es pertinente, se define con mayor grado de detalle determinados productos, como el chorizo, el salchichón y otros, que son más importantes dentro de la producción nacional de derivados cárnicos.

Igualmente, el texto incorpora los ingredientes esenciales y facultativos que pueden incorporar los derivados cárnicos, así como las características físico-químicas básicas, que determinan su calidad y que han de cumplir ciertos productos. Además, la nueva norma permitirá actualizar las características físico-químicas aplicables a estos productos.

Por último, se ha incluido una relación de productos tradicionales y denominaciones consagradas por el uso de la gran variedad de productos que se elaboran en la industria cárnica en España, con una descripción básica de la composición y el tratamiento a que es sometido cada uno de ellos.

Competencia entre industrias

Del mismo modo, la nueva norma facilitará la competencia entre las industrias y demás operadores del mercado, al establecer una categorización de productos por cualidades y calidades o categorías que los haga comparables, con lo que se evita prácticas que supongan competencia desleal.

También promoverá la innovación y desarrollo de nuevos derivados cárnicos, como por ejemplo los procedentes de carne de ave que hasta el momento no contaban con una regulación específica, y cuyo consumo está ampliamente extendido hoy en día entre la población.

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