El Supremo ampara por razones humanitarias a una mujer nigeriana llegada en patera

  • Ha obligado al Estado a conceder la residencia, aunque no el estatuto de refugiada.
  • Juliet M. llegó a España tras el naufragio de la patera en la que navegaba, en el que murió su hija de tres años.
  • Salió de su país en 2005, captada por una organización que le prometió empleo como empleada del hogar pero que la obligó a mendigar y prostituirse.
  • Asegura haber sido amenazada de muerte por los hombres de la red internacional que la captó y a quienes debe dinero.
Imagen de archivo de una patera con decenas de inmigrantes en aguas de Melilla.
Imagen de archivo de una patera con decenas de inmigrantes en aguas de Melilla.
EFE / ARCHIVO
Imagen de archivo de una patera con decenas de inmigrantes en aguas de Melilla.

El Tribunal Supremo ha obligado al Estado a conceder la residencia por razones humanitarias, aunque no el estatuto de refugiada, a una mujer nigeriana que llegó a España tras el naufragio de la patera en la que navegaba, en el que murió su hija de tres años.

Juliet M. relató en su solicitud de asilo que nació en 1991 en Delta State, Oburu, Nigeria, donde vivía con sus padres hasta que, tras morir él, su madre volvió a casarse con un hombre que la maltrataba.

Relató también que salió de su país en 2005, captada por una organización de trata de personas que le prometió empleo como empleada del hogar pero que la obligó, después de pasar por Níger, Mali y Argelia, a mendigar y prostituirse en Marruecos.

En 2007 nació su hija, tras dar a luz en un bosque ayudada por otra chica. La mujer dijo haber sido amenazada de muerte por los hombres de la red internacional que la captó y a quienes debe dinero.

Después de todas aquellas vicisitudes intentó entrar en España a bordo de una patera que naufragó. La mujer adjuntaba un informe de Cruz Roja y otro de la ONG Proyecto Esperanza en los que se describen las circunstancias de su llegada a España.

Según estos informes, la joven mostraba dificultades para narrar la experiencia del naufragio, en el que murió su hija de tres años, tenía recuerdos recurrentes de su muerte en el mar y de la de las otras 22 personas que fallecieron en el viaje, pesadillas, insomnio, miedo, tristeza y otros síntomas de estrés post traumático. Los informes concluían que el regreso a su país de la joven perjudicaría su precaria salud mental.

La mujer solicitó el asilo por ser víctima de trata en Nigeria y por su temor a ser perseguida en el caso de volver a su país. Subsidiariamente, solicitó el permiso de residencia por razones humanitarias.

El Gobierno se opuso a darle asilo

La instructora del informe de Interior se opuso a ambas medidas y señaló entre otros factores para ello que la solicitante no podía acreditar su identidad ni nacionalidad y que existían dudas de que realmente fuera ese su país, dado que ignoraba datos sobre el mismo.

Además, concluía que los hechos narrados por ella no eran constitutivos de una persecución de las contempladas en la ley de asilo y que, en caso de ser ciertos, no es claro que fueran consentidos o provocados por las autoridades de su país.

La Audiencia Nacional confirmó la negativa del ejecutivo a conceder el asilo y también se opuso al permiso de residencia por razones humanitarias las cuales, según este tribunal, "no abarcan cualquier motivo de carácter humanitario".

Sin embargo, el Supremo valora que la jurisprudencia registra casos en los que "el factor más referente a la hora de autorizar la permanencia en España ha sido la consideración de circunstancias personales de los solicitantes no necesariamente vinculadas con las causas de asilo" previstas por la ley, un criterio que se ha visto reforzado por la más reciente legislación.

"Ponderando circunstancias personales de la recurrente no vinculadas a la causa de asilo invocada, cabe poner de relieve", dice el Supremo, el informe emitido de la psicóloga de Proyecto Esperanza sobre "el proceso de recuperación psicológica de Juliet gracias a la atención prestada por dicha entidad".

"Estas circunstancias, sobre las que nada se dice ni se da relevancia en el informe" de los funcionarios de Interior, dice el Supremo, llevan al tribunal a autorizar la permanencia en España de Juliet.

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