Condenado a 3 años por lesiones a su expareja y daños en su domicilio pese a tener orden de alejamiento

La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a un total de tres años de cárcel a A.R.G., vecino de Illescas, después de que quebrantara una orden de alejamiento y agrediera a su expareja causando daños de gravedad en la vivienda de la víctima.

La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a un total de tres años de cárcel a A.R.G., vecino de Illescas, después de que quebrantara una orden de alejamiento y agrediera a su expareja causando daños de gravedad en la vivienda de la víctima.

Esta sentencia suma un año de prisión por quebrantar una medida cautelar de alejamiento de la víctima, otro año por un delito de lesiones y otro más por resistencia a los agentes de la autoridad en el momento de la detención.

Del mismo modo, se le condena a 24 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros por un delito de daños de gravedad en la vivienda de la víctima, así como a una indemnización total de 3.560 euros por las lesiones físicas, el daño moral sufrido y los perjuicios materiales causados en la vivienda.

Igualmente, la Audiencia ha decidido absolver al acusado de un delito de agresión sexual, al no considerar probado que realmente se llevara a cabo. Por estos hechos, la Fiscalía pedía un total de 14 años de prisión.

Hechos probados

La sentencia, recogida por Europa Press, considera probado que el acusado acudió en la tarde del 27 de octubre de 2012 al domicilio de su expareja, J.M.P., en la localidad de Illescas, y tras llamar a la puerta y comprobar que no quería abrirle le dijo que permanecería allí hasta que le abriera, sabiendo que al hacerlo estaba incumpliendo la medida cautelar de prohibición de acercamiento que le pesaba.

Finalmente la víctima le dejó entrar en el domicilio, y comenzó a golpearla, abandonando a las 4.00 de la madrugada la casa llevándose la tarjeta SIM de J.M.P. para que no pudiera realizar llamadas.

En la tarde de ese mismo día regresó a la vivienda, donde permanecieron juntos hasta el lunes día 29 de octubre. En ese intervalo de tiempo, según el testimonio de la acusada, le volvió a golpear y escondió las llaves para que no pudiera salir del domicilio.

Además, según relataba, la llevó por la fuerza a la habitación y le obligó a mantener una relación sexual contra su voluntad, pero el Tribunal solo considera probado que hubo acceso carnal sin poder afirmar que mediara fuerza física eficaz.

A.R.G. permaneció en la vivienda hasta la mañana del día siguiente, momento en el que le devolvió las llaves de la vivienda para que la afectada pudiera ir a trabajar. Fue ese el momento en el que aprovechó la afectada para denunciar estos hechos, por lo que la Guardia Civil se personó en la vivienda, donde avistaron al acusado por una de las ventanas.

Tras forzar la puerta de entrada, los agentes localizaron a A.R.G. en un cuarto de baño, y cuando iban a detenerle éste se opuso propinando patadas y puñetazos a los agentes, que tuvieron que utilizar la fuerza para reducirle. Además, pudieron comprobar que el sujeto había causado daños de gravedad al domicilio de la víctima.

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