Tres años de cárcel para un hombre que apuñaló a otro tras una riña en un bar de Talavera de la Reina

La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a F.J.E.H., de 45 años de edad, a tres años de cárcel al considerar probado que apuñaló a otra persona en el bar El Barrio de Talavera de la Reina tras una riña entre ambos.

La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a F.J.E.H., de 45 años de edad, a tres años de cárcel al considerar probado que apuñaló a otra persona en el bar El Barrio de Talavera de la Reina tras una riña entre ambos.

Del mismo modo, la Audiencia ha absuelto a O.V.D., acompañante del ahora condenado en el momento de los hechos, al no considerar probado que sujetara a la víctima en el momento en el que le fue asestada la puñalada.

En la sentencia, recogida por Europa Press, se considera probado que el 7 de diciembre de 2007 la víctima, S.L.G., entró en el bar talaverano, y por razones que no han quedado acreditadas se inició una discusión con F.J.E.H., la cual degeneró en una riña con intercambio de mutuos golpes.

El ahora absuelto intervino para tratar de dar fin a la pelea, a lo que fue ayudado por el dueño del local y otro vecino que presenciaba los hechos.

Tras la intervención, los acusados y la víctima salieron a la calle, donde continuó el enfrentamiento, hasta que S.L.G. cayó al suelo, momento en el que el condenado le asestó una puñalada con un arma blanca a conciencia de que con ello le podía quebrantar su integridad física.

Como consecuencia de la puñalada, la víctima resultó con una herida penetrante en zona abdominal de la que se curó, tras ser precisa una laparotomía exploradora y reparar una hernia traumática.

Tardó en curar 30 días, siete de ellos ingresado, y le ha quedado como secuela una cicatriz de ocho centímetros en el hipocondrio izquierdo y otra de dieciséis centímetros resultado de la laparotomía.

Caso extraviado

Esta instrucción ha sido resuelta por la Audiencia Provincial de Toledo después de que el 6 de octubre de 2011 se devolviera al Juzgado de Instrucción que llevaba el caso, pero permaneció extraviado en dicho juzgado hasta el 24 de abril de 2013.

En sus fundamentos de derecho, el Alto Tribunal explica que no se puede dar por probado que O.V.D. tomara parte, porque en su testimonio la víctima resaltó que la riña se había producido con el hombre de mayor estatura, en este caso con F.J.E.H.

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