Un tribunal condena a un comandante de la Guardia Civil a cinco meses de prisión por agredir a un subordinado

La sala de Justicia del Tribunal Militar Central ha condenado a un comandante de la Guardia Civil a cinco meses de prisión, con la accesoria de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo por un delito consumado de abuso de autoridad, en su modalidad de maltrato de obra a un subordinado, cometido cuando era capitán jefe de la Compañía de la Guardia Civil de Sueca (Valencia).

La sala de Justicia del Tribunal Militar Central ha condenado a un comandante de la Guardia Civil a cinco meses de prisión, con la accesoria de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo por un delito consumado de abuso de autoridad, en su modalidad de maltrato de obra a un subordinado, cometido cuando era capitán jefe de la Compañía de la Guardia Civil de Sueca (Valencia).

Asimismo, el condenado, del que no constan antecedentes penales y que ha estado en situación de libertad provisional durante la tramitación de esta causa, deberá indemnizar a la víctima, un agente de la Benemérita destinado en dicho puesto, con 1.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

La sentencia, contra la que se podrá interponer recurso de casación ante la sala de lo militar del Tribunal Supremo, señala también que "sin perjuicio de la condena impuesta" al comandante, el comportamiento del agente "no se compadece con los principios básicos de disciplina y jerarquía que deben imperar en el cuerpo de la Guardia Civil, dada su naturaleza militar, y que "pudiera integrar la falta grave de la grave desconsideración con los superiores en el ejercicio de sus funciones" prevista en la ley Régimen Disciplinario del instituto armado.

Los hechos que se le imputan al condenado se remontan a finales de noviembre de 2011, a raíz del "incidente" registrado entre el entonces capitán jefe de la Compañía de la Guardia Civil de Sueca y un agente de la Benemérita que se encontraba prestando servicio de atención al ciudadano en el cuartel de esta localidad cuando este último se tomó el descanso de 30 minutos que podía tener si en dichas dependencias no había nadie esperando a realizar ningún trámite.

El fallo considera probado que "ante la ausencia de personas que esperaran a ser atendidas" el agente "decidió marcharse" a otras estancias del acuartelamiento, tras indicárselo a un compañero, "para tomar un bocadillo" en uso de ese "tiempo de descanso" y que el capitán jefe, que en este momento se encontraba vestido de paisano y en el exterior del edificio reparando un pinchazo en su coche particular, observó cómo su subordinado salía de la oficina de atención al ciudadano.

En el entorno de estas estancias se encontraban otras dos personas, una mujer novia de otro de los guardia civiles del puesto esperándolo y un hombre que esperaba a su hija mientras declaraba ante la policía judicial. La sentencia indica que al verlas allí y ver que el agente se ausentaba de su puesto de trabajo, el capitán jefe "interpretó que se había marchado dejando sin atender" a estos ciudadanos.

Por ello, explica que "en ejercicio de sus atribuciones de dirección, vigilancia e impulso de los servicios de la unidad de su mando entró al cuartel y preguntó" a otro guardia civil dónde estaba el ausente y que éste le dijo que "había ido a su domicilio". A continuación, apunta que "irritado, el capitán esperó a que regresara" el agente, "cosa que hizo a los poco minutos", y que le "reprendió" en "tono elevado y áspero, sin atender a las explicaciones que este último trataba de darle".

"a voz en grito"

Entonces, el subordinado, teniendo en cuenta que había otras personas presenciando la escena, "elevando también la voz dijo al capitán que no le gritara delante de la gente". Esto dio lugar a una "discusión entre ambos" durante la que el superior pidió al agente que "le acompañara a su despacho", donde tras cerrar "de un portazo" el primero, "de forma destemplada y a voz en grito continuó sus reproches al segundo, "quien propuso que ambos se sentaran para hablar sin que la situación se les fuera de lasa manos".

Esta petición, según recoge el fallo, "enfureció aún más al capitán", que después de que su subordinado le dijera que no tenía por qué soportar esa situación y que no le gritara "continuó voceando y acercándose de modo intimidatorio hasta quedar a un palmo" del guardia civil, al que dijo "te vas a cagar, niñato de mierda", que "iba a dar un parte disciplinario" y que "se olvidara de promocionar en su vida".

Asimismo, la sentencia indica que el agente decidió salir del despacho y que entonces el oficial "le golpeó" en la mano para impedir que abriera la puerta además de decirle que de allí no salía nadie hasta que él lo dijera y que se hacía lo que a él le salía "de los cojones". Posteriormente, agarró al subordinado "por el cuello", desplazándolo hacia la pared, lo golpe "con la izquierda, con poca fuerza, en el pómulo derecho" y lo soltó a la vez que le decía "eres un mierda".

"todo lo que digas es mentira"

Después de estos hechos y de que el agente comunicara por teléfono a un alférez lo sucedido, éste y el capitán "se enzarzaron en una nueva discusión a voces" mientras el segundo decía "yo no te he hecho nada, todo lo que digas es mentira". El subordinado, por su parte, "refiriéndose de forma clara e inequívoca al capitán" afirmaba "este tío es subnormal, es un sinvergüenza".

Tras lo sucedido, como también se relata en el fallo, compañeros del agente, que presentaba "síntomas de nerviosismo y parecía a punto de llorar", observaron que tenía el dedo índice de la mano derecha hinchado y enrojecido, el pómulo derecho inflamado y marca de dedos en el cuello. En el centro médico al que fue trasladado, al guardia civil, que estuvo de baja hasta marzo de 2012, se le diagnosticó agresión y ansiedad. El fallo añade que en la actualidad el agente está "completamente curado y sin secuelas", que tiene "buen historial militar" y que "carece de notas desfavorables".

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