Una sentencia condena por primera vez en La Rioja a una persona por el uso ilegal de venenos

El Juzgado de lo Penal número 1 de Logroño ha dictado una sentencia condenatoria contra una persona acusada de un delito ambiental por la utilización ilegal de veneno para la eliminación de fauna silvestre. Se trata de la primera vez que se produce una sentencia de este tipo en La Rioja, algo que tiene una especial trascendencia en la lucha contra una práctica que ocasiona graves consecuencias ambientales y supone una amenaza para la biodiversidad, ha informado el Gobierno riojano en una nota de prensa.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Logroño ha dictado una sentencia condenatoria contra una persona acusada de un delito ambiental por la utilización ilegal de veneno para la eliminación de fauna silvestre. Se trata de la primera vez que se produce una sentencia de este tipo en La Rioja, algo que tiene una especial trascendencia en la lucha contra una práctica que ocasiona graves consecuencias ambientales y supone una amenaza para la biodiversidad, ha informado el Gobierno riojano en una nota de prensa.

Tal y como recoge la sentencia, los hechos se remontan a la primavera de 2008 cuando el acusado colocó unos cebos envenenados con productos fitosanitarios en unas parcelas de la Rioja Baja con el objetivo de proteger los cultivos de la acción dañina de conejos.

Tras descubrir y analizar estos cebos, dispuestos en forma de montones de maíz, se comprobó que contenían dos tipos de sustancias tóxicas (Fentión y Endosulfán), en una concentración tan elevada que superaba ampliamente la dosis letal para aves y mamíferos, por lo que en caso de ser ingerida por los conejos se hubiera producido su muerte de forma irremediable, poniendo en peligro también la vida de otros animales que dependen de ellos para alimentarse.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Medio Natural, inició el expediente administrativo al tratarse de una infracción contra la Ley de Caza, y remitió el caso a la jurisdicción penal, en la que la Comunidad Autónoma de La Rioja ha actuado como acusación particular, ya que los hechos son asimismo constitutivos del delito de empleo no autorizado de veneno para la caza de animales, previsto y penado en el artículo 336 del Código Penal.

La sentencia condena al autor responsable del delito a una pena de quince meses de multa con una cuota diaria de ocho euros (3.600 euros en total), con responsabilidad penal subsidiaria, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas. Además, lo inhabilita para el ejercicio de la caza durante un año.

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