La mujer del condenado por maltrato de Bedmar declara que lo acogió "por lástima al verlo en la calle"

La mujer del hombre identificado como S.M.C., vecino de Bedmar y Garcíez (Jaén), que está acusado de quebrantar una orden de alejamiento de ella que aún continúa en vigor por un delito de malos tratos habituales y tres de malos tratos, ha declarado que "recogió" a su marido durante unos meses del año 2012 porque "le dio lástima" al ver que éste se encontraba viviendo "en la calle".
Juicio celebrado este miércoles por quebrantamiento de condena
Juicio celebrado este miércoles por quebrantamiento de condena
EUROPA PRESS
Juicio celebrado este miércoles por quebrantamiento de condena

La mujer del hombre identificado como S.M.C., vecino de Bedmar y Garcíez (Jaén), que está acusado de quebrantar una orden de alejamiento de ella que aún continúa en vigor por un delito de malos tratos habituales y tres de malos tratos, ha declarado que "recogió" a su marido durante unos meses del año 2012 porque "le dio lástima" al ver que éste se encontraba viviendo "en la calle".

Así lo ha declarado en el juicio, ya visto para sentencia, que se ha celebrado este miércoles en el Juzgado de lo Penal número uno de Jaén por un supuesto delito de quebrantamiento de condena del que la Fiscalía considera autor al marido de esta mujer, y por el que pide para él un año de cárcel.

En su declaración, este hombre ha señalado que "el dinero no le llega", y que ha llegado a "dormir en el banco de un parque". Posteriormente, ya a la finalización del juicio y cuando la jueza le había preguntado si se ratificaba en su declaración, ha afirmado que tiene "78 años", y se ha preguntado "qué ha hecho él para tanta tontería".

Por su parte, la esposa de S.M.C. ha indicado que su marido se encuentra actualmente residiendo con su hermana, y que ella "lo recogió por lástima", una vez que vio que estaba viviendo "en la calle" y se encontraba "enfermo".

Igualmente, un agente de la Guardia Civil ha declarado como testigo para acreditar que este hombre fue detenido por la Benemérita una vez que se constató que estaba viviendo en el domicilio familiar pese a estar en vigor una orden de alejamiento de su mujer.

El Instituto Armado actuó "de oficio" en este caso porque su esposa "en ningún momento" denunció a su marido por esta circunstancia, según ha precisado el agente en su declaración.

La Fiscalía ha elevado a definitivas sus conclusiones provisionales, en las que considera a S.M.C. autor de un delito de quebrantamiento de condena al entender que "ha quedado acreditado" en el juicio de este miércoles que "entre mayo de 2012 y el 24 de octubre" de ese año, el encartado estuvo viviendo en el domicilio familiar, a pesar de que pesaba entonces sobre él una orden de alejamiento impuesta en 2006 por el Juzgado de lo Penal número dos de Jaén, que estará vigente hasta el 20 de noviembre de este año 2014.

La representante del Ministerio Fiscal se apoya para ello en la declaración de la mujer del procesado, que, según ha afirmado, debe ser tenida en cuenta como "prueba válida y suficiente" para desmontar el derecho de presunción de inocencia del hombre.

Además, ha aseverado que a la hora de dictar sentencia no se debe tener en cuenta el "consentimiento de la víctima", ya que en un caso como éste, en el que se juzga un supuesto quebrantamiento de condena, "el bien jurídico a proteger es la Administración de Justicia", por lo que el cumplimiento de una pena "no depende de la voluntad" de nadie, sino que es "una obligación" ciudadana.

Estado de necesidad

También ha rechazado que se pueda esgrimir la circunstancia eximente de estado de necesidad para justificar una absolución del acusado, ya que, a su entender, en el momento en el que se produjeron los hechos que se juzgan no se daban todos los supuestos requeridos para que ésta fuera tenida en cuenta.

Así, la fiscal ha remarcado que este hombre "tenía sitio donde dormir", cual era "el domicilio de su hermana, en el que está viviendo ahora", como "ha quedado acreditado", por lo que "no tenía necesidad u obligación de vivir con su esposa para cometer un delito".

De igual modo, la representante del Ministerio Fiscal también ha indicado que, en su momento, este hombre también podía haber acudido "a los servicios sociales" para buscar un alojamiento.

Precisamente a los servicios sociales ha aludido la abogada que ejerce la defensa de S.M.C. en su turno final de palabra, en el que ha confirmado su petición de libre absolución para su cliente basándose en la eximente de estado de necesidad.

La letrada ha argumentado que el procesado "estaba viviendo prácticamente en la indigencia" cuando su esposa "le propuso volver a casa", y que en ese momento su hermana "no disponía de sitio" para poderlo acoger. "Si no, no se hubiera ido a vivir a la calle", ha apostillado.

Además, ha indicado que "de la misma manera que los servicios sociales dicen ahora que se le puede buscar sitio" al encartado para que pueda vivir, "antes, cuando todos veían" su situación, "se podrían haber preocupado de buscarle ese sitio", ha concluido la abogada.

Como se recordará, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén absolvió el pasado mes de marzo a este mismo hombre de otro delito de quebrantamiento de condena supuestamente cometido en similares circunstancias al que se ha enjuiciado este miércoles, atendiendo para ello a la eximente de estado de necesidad, al entender que no tenía "dónde ir".

Igualmente, la Fiscalía ha remitido recientemente al Juzgado de Instrucción número dos de Jaén un nuevo escrito de acusación contra este hombre por otro delito de quebrantamiento de condena, por el que también interesa que se le imponga una pena de un año de cárcel.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento