Dos exaltos cargos recurren a la Audiencia para que Alaya eleve ya el caso ERE al Tribunal Supremo

El abogado de los exdirectores generales de Presupuestos de la Junta de Andalucía Buenaventura Aguilera y Antonio Vicente Lozano ha recurrido a la Audiencia Provincial de Sevilla para que la juez Mercedes Alaya eleve ya el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares al Tribunal Supremo dada la 'preimputación' de siete aforados.

El abogado de los exdirectores generales de Presupuestos de la Junta de Andalucía Buenaventura Aguilera y Antonio Vicente Lozano ha recurrido a la Audiencia Provincial de Sevilla para que la juez Mercedes Alaya eleve ya el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares al Tribunal Supremo dada la 'preimputación' de siete aforados.

Así, el letrado José María Mohedano ha recurrido el auto en el que la instructora rechazaba la petición de la Fiscalía Anticorrupción para que dividiera la causa en piezas separadas, pues entiende que la magistrada no se ha pronunciado sobre la solicitud para que elevara al Supremo la investigación vinculada a los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y cinco exconsejeros, todos ellos aforados.

En el recurso, consultado por Europa Press, señala que la juez ha incurrido en una "incongruencia omisiva" al "dejar sin contestar alguna de las pretensiones sometidas a su consideración por las partes en el momento procesal oportuno". "Lo que en los diplomáticos es signo de perspicacia —eludir respuestas incómodas—, en el caso de los órganos judiciales es un vicio procesal denominado incongruencia omisiva", subraya.

A su juicio, "este silencio judicial no puede razonablemente interpretarse como una desestimación tácita cuya motivación pueda deducirse del conjunto de los razonamientos contenidos en la resolución que impugnamos, porque no hay ni un solo razonamiento del que pueda inducirse la decisión de la instructora para no pronunciarse sobre la solicitud de su pérdida de competencia".

Tras insistir en que el auto "guarda silencio ante la petición del Ministerio Público para elevar la causa al órgano judicial competente en los supuestos de aforamiento", el letrado indica que "tampoco creemos que pueda razonablemente interpretarse el silencio judicial como una desestimación tácita por el hecho de que no se haya accedido a la división de la causa en piezas separadas".

Y es que "el presupuesto de la pérdida de competencia del Juzgado no deriva de que la causa tenga o no que separarse en piezas ni que haya que esperar a la realización de ninguna clase de diligencias pedidas, sino que la pérdida de competencia solo depende a estas alturas de la instrucción de la ya citada prerrogativa de aforamiento y si se aprecian o no por el fiscal —que parece que sí que los aprecia— y por la juez la existencia de esos indicios en la forma requerida" por el Supremo.

"Si la instructora no los aprecia, debería ya dejar sin efecto" el auto donde imputó a Griñán, Chaves y cinco exconsejeros, "y si los aprecia, debe aceptar su pérdida de competencia", argumenta Mohedano, quien subraya que el asunto del aforamiento "no tiene vinculación ni con la escindibilidad de la causa ni con los atestados o ampliaciones de informes que de manera permanente la juez sigue solicitando y que indiscutiblemente crean mayor complejidad a la causa y están produciendo unas dilaciones injustificadas e innecesarias".

El abogado señala que el auto donde la juez imputó a estos siete aforados "marca el límite del agotamiento de la investigación en sede del Juzgado para proceder a elevar el conocimiento de la causa al órgano superior competente en las causas por aforamiento", por lo que pide a la Audiencia que ordene la elevación de la causa al Supremo o, alternativamente, de las actuaciones vinculadas a Chaves, Griñán y los cinco exconsejeros 'preimputados'.

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