El decreto-ley de modificación de la Ley de Hacienda extremeña entrará en vigor este jueves

El decreto-ley de modificación de la Ley General de Hacienda Pública de Extremadura que permitirá la autorización de determinadas operaciones de endeudamiento que lleven a obtener a la comunidad un ahorro de intereses entrará en vigor este jueves, día 24.

El decreto-ley de modificación de la Ley General de Hacienda Pública de Extremadura que permitirá la autorización de determinadas operaciones de endeudamiento que lleven a obtener a la comunidad un ahorro de intereses entrará en vigor este jueves, día 24.

La entrada en vigor se producirá después de que este miércoles, día 23, haya sido publicado el citado decreto-ley en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).

En concreto, según lo publicado en el DOE, y tal y como recoge Europa Press, se modifica el artículo 114 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, relativo a la aplicación íntegra de los ingresos y gastos provenientes del endeudamiento y excepciones.

Así, el producto, la amortización y los gastos por intereses y por conceptos derivados de las operaciones de endeudamiento se aplicarán por su importe íntegro al respectivo presupuesto, con unas excepciones, que tendrán la consideración de operaciones no presupuestarias.

EXCEPCIONES

En concreto, las excepciones son las operaciones de intercambio financiero o derivados financieros tales como seguros, permutas, opciones o cualquiera otra prevista en el artículo 113 b), respecto de las que se imputará únicamente al Presupuesto el resultado neto total producido durante el ejercicio por el conjunto de operaciones de esta naturaleza.

No obstante, cuando alguna de las dos partes de los derivados financieros tenga un período de liquidación fraccionario distinto de la otra, las diferencias se imputarán al Presupuesto del ejercicio de la liquidación del período más largo, manteniéndose entre tanto el producto de las liquidaciones fraccionarias en una cuenta de operaciones no presupuestarias.

Otra excepción es el producto y la amortización de las operaciones de endeudamiento a corto plazo por necesidades transitorias de tesorería; así como las operaciones comprendidas en los supuestos contemplados en el artículo 113 a), materializadas mediante la formalización de nuevas operaciones de endeudamiento y siempre que lleven aparejadas la amortización anticipada total o parcial de operaciones contratadas con anterioridad, cuando dichas amortizaciones anticipadas no se encuentren contempladas en los estados de gastos de las correspondientes leyes anuales de presupuestos.

Marco jurídico "flexible"

Cabe recordar que el pasado martes, la vicepresidenta extremeña, Cristina Teniente, explicó que con la citada modificación el Ejecutivo regional pretende conseguir el máximo ahorro en la amortización de operaciones de crédito ya formalizadas por la comunidad, aprovechando los menores tipos de intereses que ofrecen actualmente los mercados de deuda.

Así, añadió que la modificación del artículo 114 de la Ley General de Hacienda Pública de Extremadura pretende articular un "marco jurídico flexible" que permita realizar operaciones financieras que generen un ahorro en los intereses para las cuentas públicas de la comunidad.

Teniente ha explicado que el objetivo de este decreto es posibilitar la realización de operaciones de cancelación anticipada para refinanciar nuevas operaciones contratadas con condiciones "más favorables", siempre que esas cancelaciones anticipadas no se encuentren penalizadas, ha indicado.

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