El TSJC ratifica la vigencia del último convenio firmado en la hostelería cántabra

La Sala de lo Social del TSJC ha confirmado la sentencia en primera instancia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Santander el pasado 11 de noviembre de 2013 que validó la vigencia del último convenio colectivo regional de hostelería por "prórroga tácita".

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha ratificado la vigencia del último convenio firmado en el sector de la hostelería cántabra.

La Sala de lo Social del TSJC ha confirmado la sentencia en primera instancia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Santander el pasado 11 de noviembre de 2013 que validó la vigencia del último convenio colectivo regional de hostelería por "prórroga tácita".

Entonces, el Juzgado de lo Social estimó una demanda interpuesta por UGT contra la empresa Balnearios y Hoteles de Cantabria, propiedad del expresidente de la CEOE-Cepyme Miguel Mirones, al que el sindicato ha acusado de "intentar aplicar el convenio estatal y no el cántabro".

El TSJC ha desestimado así el recurso de suplicación interpuesto por la empresa contra la sentencia del Juzgado de lo Social, que consideró que el convenio colectivo de la hostelería cántabra "se encuentra en vigor por prórroga tácita porque se viene aplicando por tácita reconducción desde 2010", año en el que concluyó la vigencia del último firmado por patronal y sindicatos.

La sentencia del TSJC que corrobora la del Juzgado de lo Social considera demostrado que el artículo cuarto del convenio de hostelería contiene un pacto expreso en materia de ultraactividad, al establecer la prórroga del convenio "en tanto no se alcance un nuevo acuerdo".

"No se trata de condiciones más beneficiosas, como entiende la parte recurrente, sino de un acuerdo que es válido", señala la sentencia.

A juicio del TSJC, el acuerdo no se ha visto modificado por la reforma legal introducida por la modificación legal de la reforma laboral que dejaba sin efecto desde julio de 2013 todos aquellos convenios no renovados salvo aquellos que tuvieran "un pacto expreso" sobre su ultraactividad (prórroga de la vigencia de un convenio hasta no actualizarse con uno nuevo).

"ejecución inmediata" de la sentencia

En un comunicado, la Federación de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de UGT ha anunciado este miércoles su intención de exigir "la ejecución inmediata" de esta sentencia del TSJC, al margen de que Balnearios y Hoteles de Cantabria interponga recurso de casación ante instancias superiores.

Así, ha denunciado que "hasta ahora la empresa ha hecho caso omiso a lo dictado en primera instancia por el Juzgado de lo Social".

Contra esta sentencia del TSJC, fechada el pasado 4 de abril, cabe interponer recurso de casación dentro de los diez días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación.

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