Condenan a cinco años de prisión a un hombre por abusos a su sobrina de seis años

La Audiencia de Málaga ha condenado a cinco años de prisión a un hombre por un delito continuado de abusos sexuales contra su sobrina cuando ésta tenía seis años. Además, se le imponen seis años de alejamiento de la menor, con la prohibición de comunicarse con ella o aproximarse a menos de 500 metros de su casa, colegio o cualquier lugar frecuentado por la niña; y a cinco años de libertad vigilada.

La Audiencia de Málaga ha condenado a cinco años de prisión a un hombre por un delito continuado de abusos sexuales contra su sobrina cuando ésta tenía seis años. Además, se le imponen seis años de alejamiento de la menor, con la prohibición de comunicarse con ella o aproximarse a menos de 500 metros de su casa, colegio o cualquier lugar frecuentado por la niña; y a cinco años de libertad vigilada.

Según se declara probado en la sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos sucedieron en fechas no concretadas, pero inmediatamente anteriores a enero de 2013, en el domicilio del acusado, en Málaga capital, donde la niña pasaba "numerosos fines de semana y periodos de vacaciones", ya que el acusado mantenía con la menor una "estrecha relación".

La Sala considera que los abusos se realizaron "al menos en dos ocasiones y con ánimo libidinoso". Según los fundamentos de derecho, en este caso se dan los supuestos para una conducta agravada, puesto que existe una situación de superioridad ya que la niña solo tenía seis años y, además, su madre había convivido con el acusado y su mujer desde pequeña, por lo que los niños lo consideran "abuelo".

Para el Tribunal, el delito tiene carácter continuado, apuntando que la perito señala que la menor relató que había pasado más veces, pero "describe de manera clara dos hechos diferenciados de forma explícita". Asimismo, el resultado de los informes psicológicos realizados a la víctima concluyen que el relato de ésta "cumple criterios suficientes de credibilidad y validez".

No obstante, la Sala indica que su convicción no gira sólo sobre dicho informe, sino que es "el punto de partida", que resulta corroborado por una serie de testificales, tanto del hermano de la niña como de su madre y de su tía, que se desarrollaron durante el juicio. Además de prisión, alejamiento y libertad vigilada, se le impone el pago de 10.000 euros como indemnización a la víctima.

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