Facua valora la indemnización de Alico a un usuario tras negarle una póliza por desempleo

Facua-Consumidores en Acción ha valorado este lunes la indemnización de 6.000 euros a un socio de Sevilla fijada con American Life Insurance Company (Alico), que, "se negaba a cumplir la póliza de protección de ingresos cuando el afectado se quedó sin empleo en marzo de 2010".

Facua-Consumidores en Acción ha valorado este lunes la indemnización de 6.000 euros a un socio de Sevilla fijada con American Life Insurance Company (Alico), que, "se negaba a cumplir la póliza de protección de ingresos cuando el afectado se quedó sin empleo en marzo de 2010".

En una nota, Facua-Consumidores en Acción ha señalado que Manuel Menguiano contrató el seguro tras una oferta que recibió de Alico vía telefónica, por la que el usuario contaría con una cobertura en caso de desempleo de 500 euros al mes durante doce meses. Sin embargo, "la compañía se negó en varias ocasiones al pago porque argumentaba que incumplía las condiciones fijadas".

La organización de consumidores ha apuntado que tras casi un año de reclamaciones con Alico, "el afectado comprobó como cerraban su expediente y decidió acudir a Facua". "Presenté nóminas, contratos, vida laboral, de todo y además varias veces. Estuve hasta en las oficinas de la aseguradora en Madrid y aún así cerraron mi caso", ha señalado Menguiano.

De esta manera, la asociación comprobó que en el seguro se establecía que el trabajador debía ser por cuenta ajena con contrato indefinido, con un mínimo de 30 horas semanales y con más de doce meses de antigüedad en la empresa, requisitos que Manuel cumplía.

En concreto, el usuario fue trabajador de una empresa desde junio de 2005 hasta marzo de 2010. Facua verificó que en un primer momento estuvo a tiempo completo, después a 30 horas y nuevamente a 40 horas semanales, por tanto, "cuando se produjo el despido era indefinido a jornada completa".

La organización informó a la aseguradora de que estaba incumpliendo lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro, que indica que "el asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo".

Tras esto, la aseguradora "reconoció su error" y procedió a abonar la cuantía de 6.000 euros al afectado como estimaba la póliza por desempleo.

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