Condenan a 19 años al vecino de Calonge que quemó viva a su mujer embarazada

  • Deberá indemnizar con casi 400.000 euros a la madre y los hijos de la víctima.
  • El jurado le declaró culpable de asesinato, aborto, incendio y daños.
  • En cambio, un otro tribunal popular le absolvió en 2009 por falta de pruebas aunque la Audiencia de Girona ordenó repetir el juicio.
Dos mossos d'Esquadra conducen, en 2009, al hombre acusado de haber quemado viva a su pareja embarazada en Calonge. Fue juzgado entonces pero el TSJC anuló el veredicto y ahora a sentarse en el banquillo de los acusados.
Dos mossos d'Esquadra conducen, en 2009, al hombre acusado de haber quemado viva a su pareja embarazada en Calonge. Fue juzgado entonces pero el TSJC anuló el veredicto y ahora a sentarse en el banquillo de los acusados.
ACN
Dos mossos d'Esquadra conducen, en 2009, al hombre acusado de haber quemado viva a su pareja embarazada en Calonge. Fue juzgado entonces pero el TSJC anuló el veredicto y ahora a sentarse en el banquillo de los acusados.

La Audiencia de Girona ha condenado a 19 años de cárcel y a indemnizar con casi 400.000 euros al vecino de Calonge (Girona) acusado de un delito de asesinato por haber rociado con gasolina y haber prendido fuego a su mujer embarazada de tres meses en agosto del 2006.

El jurado popular declaró el pasado 21 de marzo a Miquel Sánchez culpable de un delito de asesinato, y otros tres de aborto, incendio y daños, y ahora el magistrado Ildefons Carol, de la Sección Tercera de la Audiencia, le ha impuesto una pena de 19 años.

El jurado popular, distinto al que en 2009 le absolvió por falta de pruebas, consideró probado por 8 votos a uno que sobre las 22.30 horas del 8 de octubre de 2006, Sánchez roció con gasolina a su pareja, Sandra Vergara, de 30 años y le prendió fuego.

En su sentencia el magistrado ha tenido en cuneta que el jurado consideró probado que cuando la mató, de forma "cruel", sabía perfectamente lo que hacía, pues discernía entre el bien y el mal. Además, señala que también sabía que de la forma que lo hacía "incrementaría su sufrimiento" más que si la hubiera atacado con un arma blanca o con una pistola.

Añade que el resto de delitos el jurado los consideró probados por "unanimidad", pues con su actuación sabía que acabaría con la vida del feto, ya que la joven estaba embarazada de tres meses y la vida del feto sin la madre no es viable.

En esta misma línea, indica que tenía conocimiento de que al usar gasolina causaría un incendio y pondría en peligro la vida del resto de personas del inmueble, además de que causaría daños en el mismo.

Amenazas al fiscal

Una vez emitido el veredicto, el fiscal solicitó para él la pena máxima por un delito de asesinato, 20 años, y la defensa, que consideró que se le podía aplicar un atenuante muy cualificado de "pena natural", solicitó 10 años, 9 meses y un día.

El magistrado, que como la fiscalía no considera la "pena natural" un atenuante, argumenta en la sentencia el porqué de la pena de 19 años, no sólo por la cantidad de delitos que se consideraron probados, sino porque además tenía el agravante de parentesco. Según el magistrado, si se hubieran contado por separado todos los delitos por los que se le condena, "la pena podría ser como mínimo de 29 años".

En cuanto a la responsabilidad civil, la resolución le condena a indemnizar a la madre de la víctima con 16.000 euros y a cada uno de los tres hijos de la víctima, con 126.500 euros.

Una vez el jurado emitió el veredicto, el procesado, en una muestra de clara agresividad, gritó "me has jodido la vida, hijo de puta", se levantó y agredió al fiscal, Víctor Pillado. Este hecho, que está ya en el juzgado de instrucción, le comportará una pena que puede ir de los 2 a los 5 años de cárcel y que se sumará a la condena por el asesinato de su mujer.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento