La Audiencia anula el ERE de Tragsa y ordena la "inmediata readmisión" de los despedidos

  • El juez cree que los criterios de la empresa para seleccionar a los 726 despedidos son motivo suficiente para anular el expediente de regulación de empleo.
  • Consideran que se utilizaron "valoraciones subjetivas" para seleccionar a los afectados, como la "actitud crítica" con la empresa.
  • Los magistrados han determinado la readmisión inmediata de los despedidos de sus puestos de trabajo y el abono de los salarios que dejaron de percibir.
  • La sentencia es recurrible ante el Supremo, en un plazo de cinco días.
Operarios de Tragsa limpian junto a una papelera en el centro de Madrid.
Operarios de Tragsa limpian junto a una papelera en el centro de Madrid.
EFE
Operarios de Tragsa limpian junto a una papelera en el centro de Madrid.

La Audiencia Nacional ha anulado el Expediente de Regulación de Empleo de la Empresa pública Tragsa, que afectó a 726 trabajadores, y ha ordenado la "inmediata readmisión de los despedidos", según una sentencia difundida este lunes. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado, con su dictamen, una demanda presentada por sindicatos y comités de empresa, quienes impugnaron dicho despido colectivo de Tragsa, que forma parte de la SEPI.

En la sentencia, la Audiencia da especial "protagonismo" a la forma en que fueron escogidos los empleados que iban a ser despedidos, ya que esos criterios de elección son, a juicio de los magistrados, una causa para anular el ERE. Los magistrados han argumentado que, en dicha selección, se aplicaron criterios con un carácter "impreciso y genérico".

La sentencia establece que, en el caso de las Administraciones Públicas y entes del sector público, el "derecho de igualdad" en el empleo exige la "predeterminación" de criterios basados en la "igualdad, mérito y capacidad", y que la falta de vinculación a tales principios es razón de invalidación de dichos despidos. Añade que esas exigencias son aplicables a Tragsa, por su naturaleza jurídica.

Por ello, los magistrados han determinado la readmisión inmediata de los despedidos de sus puestos de trabajo y el abono de los salarios que dejaron de percibir. Entre los argumentos de los magistrados, figura que el ERE se centró en trabajadores fijos y excluyó al "gran número de temporales", en "directa vulneración" del Estatuto de los Trabajadores. La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo, en un plazo de cinco días hábiles.

La Sala de lo Social ha expuesto también que, para aplicar los criterios de afectados por el ERE, se adoptó un manual con posterioridad al despido colectivo, que no fue objeto de negociación con los representantes de los trabajadores. Según ha añadido, en dicho documento aparecían, entre otras ideas, "valoraciones subjetivas" relacionadas con la experiencia o la formación del trabajador, como por ejemplo "mostrarse distante o esquivo" o la "actitud crítica" con cualquier aspecto relacionado con la empresa.

Por el contrario, en el fallo, los magistrados desestiman otros argumentos expuestos contra el ERE, como las carencias en la aportación de un plan de recolocación o cuestiones relacionadas con los términos de un preacuerdo alcanzado entre empresa y trabajadores, que no se llegó a ratificar.

La demanda sobre la que ha fallado la Audiencia Nacional, en un dictamen con fecha del pasado viernes, fue presentada por sindicatos como UGT, CGT, CCO O, la Central Sindical Independiente de Funcionarios y comités de empresa de Castilla y León. En la sentencia se detalla que los denunciantes alegaron que los 726 despidos suponen el 12,5 % de la plantilla, mientras que, según sus estimaciones, existen "22 cuadros directivos" que suponen el 30% del total del personal.

Los sindicatos celebran la decisión

El secretario general de la sección sindical estatal de UGT en Tragsatec, Eduardo Herreros, ha acogido "muy positivamente" la noticia de la anulación de los ERE en Tragsa y Tragsatec, lo que "demuestra que las medidas que habían adoptado eran desproporcionadas".

Ha remarcado que si la empresa recurre ante el Supremo, obligaría a esperar sobre un año y medio para obtener sentencia y si el Supremo ratificara de nuevo la de la Audiencia Nacional en los mismos términos, debería correr con los gastos de los salarios de tramitación durante todo ese tiempo. "No sabemos qué va hacer ahora la empresa", ha añadido.

Según Herreros, aunque todavía tienen que analizar una sentencia "muy extensa" de más de un centenar de folios para poder valorarla en toda su dimensión, "nos llena de satisfacción", porque "los trabajadores estábamos en lo cierto" en rechazar el ERE.

El secretario de desarrollo federativo de la Federación de Construcción, Madera y Afines de CCOO, José Manuel Pérez, ha declarado que la sentencia es "muy positiva", puesto que "es lo que perseguíamos y argumentábamos en el juicio". Ha apuntado que habrá que "readmitir a todos y pagar los salarios de tramitación" y, si la empresa no los readmite el sindicato pedirá la ejecución de la sentencia.

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