Quince meses de cárcel por vender una furgoneta embargada

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a 15 meses de cárcel a un hombre por un delito de estafa, al vender a un particular una furgoneta sobre la que pesaban dos embargos.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a 15 meses de cárcel a un hombre por un delito de estafa, al vender a un particular una furgoneta sobre la que pesaban dos embargos.

La Audiencia estima parcialmente el recurso del dueño del vehículo, reduciendo a 15 meses la pena de dos años que le impuso el juzgado de primera instancia. Además, tendrá que devolver a la mujer a la que vendió la furgoneta los 2.373 euros que ésta se gastó entre adelantos, la ITV, la transferencia del vehículo y el seguro.

Al realizar los trámites para poner el vehículo a su nombre tras firmar el contrato de compraventa el 31 de diciembre de 2011, Tráfico notificó a la mujer que no podía efectuar la transferencia porque la furgoneta estaba trabada con dos embargos de la entidad Bancantabria Inversiones del 11 de noviembre y 14 de diciembre de 2011, con reserva de dominio al haber sido comprada por el acusado a través de un leasing.

En su recurso, el dueño del vehículo alegó que desconocía la existencia de los embargos y que no existe constancia de que se le hayan notificado personalmente. Sin embargo, la Audiencia considera suficientemente probado que ocultó la existencia del embargo antes de realizar la compraventa, por una diligencia extendida por el Juzgado de Paz de Piélagos en la que se pone en conocimiento del recurrente el embargo el 21 de noviembre de 2011, un mes antes de la transmisión del vehículo.

No obstante, la Audiencia comparte la "improcedencia" de la pena impuesta y se la rebaja a 15 meses tras señalar que la sentencia de primera instancia "no razona en absoluto el proceso de determinación de la pena resultante ni expone el criterio que justifica la superación del mínimo legal previsto".

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