El CAA reclama a los medios públicos regular el derecho de acceso a asociaciones políticas, sociales y culturales

El objetivo es fomentar su participación para poder ejercer su libertad de expresión y contribuir a una opinión pública libre y plural

El Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha aprobado una decisión en la que se advierte a los operadores públicos de la comunidad de que están obligados a "garantizar" el acceso a las asociaciones, organizaciones e instituciones representativas de la diversidad política, social y cultural de este territorio. El fin último es que estos colectivos puedan ejercer su derecho a la libertad de expresión, a participar en la sociedad a través de los medios de comunicación de titularidad pública y, a través de esa participación, contribuir a configurar una opinión pública libre.

En este sentido, según se indica en un comunicado, también se ha decidido instar a la RTVA a cumplir su propia ley mediante la elaboración de las normas de procedimiento que permitan el ejercicio efectivo del derecho de acceso —tanto en el conjunto de su programación como en programas de radio y televisión de sus sociedades filiales— a los grupos sociales y políticos significativos radicados en Andalucía y a las asociaciones, organizaciones e instituciones más representativas.

El correspondiente proyecto de normas de procedimiento deberá contar con el informe previo del CAA para su aprobación por el Consejo de Administración de RTVA. Asimismo, la RTVA deberá remitir anualmente al órgano regulador del sector audiovisual un informe sobre los resultados obtenidos en la aplicación de esas normas destinadas a hacer realidad el ejercicio del derecho de acceso por parte de la ciudadanía.

Asimismo, el CAA insta a las corporaciones locales a tomar las medidas necesarias para cumplir su obligación legal de gestionar el servicio audiovisual velando, siempre en base a criterios objetivos y no discriminatorios, por la participación de la población, salvaguardando incluso el derecho de acceso de grupos minoritarios. Como en el caso de la RTVA, los medios públicos locales deberán remitir anualmente al CAA un informe sobre las medidas adoptadas en esa dirección.

La Constitución española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía reconocen el derecho de acceso como un derecho fundamental e inherente a las sociedades democráticas, esencial para que las diferentes entidades en que éstas se articulan puedan difundir sus ideas, opiniones y posiciones ante los hechos que les afectan. El derecho de acceso a los medios de comunicación está estrechamente ligado a valores básicos en las sociedades desarrolladas como la participación y el pluralismo.

Demanda ciudadana de intervención

Pese a que la legislación prevé desde hace un cuarto de siglo que el ejercicio de este derecho sea reglado y se concreten los mecanismos para su ejercicio, hasta el momento nada se ha avanzado, por lo que diversas asociaciones (personas con discapacidad, consumidores, etcétera) se han dirigido al CAA demandando su intervención para que los medios públicos andaluces lo reglamenten.

El disfrute y ejercicio de las libertades comunicativas no debe depender de la posesión de los medios materiales y económicos que sólo están al alcance de unos pocos, sino que mediante la intervención de la Administración, en este caso garantizando el derecho de acceso "gratuito" al servicio público de radiotelevisión, se debe asegurar la participación de todos los ciudadanos —y de sus organizaciones representativas— en igualdad de condiciones en el proceso de la comunicación pública.

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