La consellera de Medio ambiente, Catalina Soler, junto con el director insular de Caza, Joan Escalas, ha presentado este miércoles el texto consolidado de la Ley balear de caza y pesca fluvial, que recoge la redacción final del articulado, incorporando los cambios introducidos por el Govern, a instancia del Consell de Mallorca.
Esta nueva ley, que nace con la máxima transparencia y consenso, ha supuesto importantes mejoras y cambios con el objetivo de llevar a cabo una gestión más eficiente y coherente, equitativa y ágil, según han señalado desde la Institución insular en un comunicado.
La primera legislación propia, aprobada el 2006, reconoció muchas particularidades autóctonas de la práctica cinegética en las islas y, a la vez, modernizó conceptos de gestión y compatibilización de usos, "si bien, se ha modificado con el paso del tiempo para adaptarse a las necesidades y las circunstancias", ha explicado la consellera.
"En estos momentos se hacía necesaria una nueva modificación, para adaptarla a los nuevos cambios estructurales y legislativos, sobre todo después de las transferencias de caza a los consells insulars, y que han afectado las instituciones y el sector", ha agregado al respecto.
Mayor definición y clarificación
La nueva ley clarifica, simplifica o cambia el concepto de ciertos trámites y pondera mejor el régimen sancionador. Igualmente, el nuevo texto reconoce la validez interinsular de la licencia de caza que expide cada Consell a sus residentes en el ámbito respectivo, como también las superficies de los cotos de caza.
También se han actualizado los importes de las sanciones graves y muy graves, y se ha creado un sistema de puntos similar al del carné de conducir, aplicable a las inhabilitaciones de los infractores, que cada consell insular podrá desplegar reglamentariamente.
Del mismo modo, se recogen peticiones de agricultores referentes a la protección de determinados cultivos, tanto ante posibles impactos de perdigones, como por daños producidos por las piezas de caza, y se aclaran las responsabilidades y funciones del propietario del terreno, del agricultor y del titular del coto.
Pesca fluvial
En materia de pesca fluvial, se aclaran algunos aspectos, especialmente de cara al auge de pescadores y se establece la aplicación subsidiaria del régimen sancionador de caza a la pesca, entre muchos otros aspectos.
Este texto, que ha sido editado por el Departamento de Caza del Consell de Mallorca en un pequeño libreto, sólo tiene validez práctica y funcional, como versión actualizada del articulado.
El objetivo de esta edición es hacer posible una lectura asequible y fácil a la hora de ser consultada tanto por cazadores, propietarios de fincas, arrendatarios, gestores de cotos, guardas y zeladors de caza, como por guías de caza mayor, técnicos, labradores, ciudadanos, etc.
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