Telefónica recurrirá ante el Supremo la sentencia sobre el servicio de identificación de llamadas

Telefónica ha confirmado este martes que recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cantabria que anuló la cláusula que permitió a la compañía el cobro del servicio de identificación de llamada.
Teléfono antiguo de Telefónica
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CARLOS HERGUETA
Teléfono antiguo de Telefónica

Telefónica ha confirmado este martes que recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cantabria que anuló la cláusula que permitió a la compañía el cobro del servicio de identificación de llamada.

Telefónica considera que la sentencia "incurre en graves errores, pues no tiene en cuenta la normativa sectorial de los usuarios de telecomunicaciones que, al tratar las modificaciones de precios, exige exclusivamente comunicarlo a los clientes con 30 días de antelación, dándoles la oportunidad de darse de baja del servicio afectado por la modificación mediante un método fácil y gratuito", lo que Telefónica realizó -asegura- "hasta en tres ocasiones".

Añade que si el contenido de la sentencia se llevara a la práctica, "se llegaría al absurdo de tener que interrumpir el servicio telefónico básico cada vez que el Gobierno autorizara a subir la cuota de abono, modificación de precio que Telefónica comunica exactamente igual que como se hizo en el Servicio de Identificación de Llamadas".

Además, Telefónica reitera que la asociación demandante "no está legitimada para reclamar las cantidades ya cobradas". De esta forma, la compañía sale al paso de la valoración realizada este martes por la FECAV, en el sentido de que los consumidores podrán, cuando la sentencia sea firme, solicitar que Telefónica les devuelva el dinero que cobró por el servicio de identificación de llamada.

En este sentido, Telefónica destaca que hay jurisprudencia del Tribunal Supremo que acepta que el hecho de que una cláusula sea declarada nula "no significa que los clientes tengan derecho a recuperar el precio pagado, dado que el servicio se ha prestado y sería -dice- una especie de enriquecimiento injusto".

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