Alcaldesa Pliego asegura que no conocía problemas de exceso de ruido del local hasta que la llamaron a declarar

Ex regidor declara que no fue conocedor de que lo que firmó fue la orden de cierre del pub y que no le consta ninguna queja por escrito
Juicio contra Toledo, Guillén, los dueños de un local y el aparejador
Juicio contra Toledo, Guillén, los dueños de un local y el aparejador
EUROPA PRESS
Juicio contra Toledo, Guillén, los dueños de un local y el aparejador

La alcaldesa de Pliego, Isabel Toledo, que llegó al poder en las elecciones de 2003 y anteriormente desempeñó funciones de concejal en la oposición, ha dejado claro este viernes, en la primera sesión de la vista oral que se celebra en la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM), que desconocía los problemas de exceso de ruido de un pub de la localidad hasta que la llamaron a declarar en 2007, a pesar de que, según ha expuesto el Fiscal, esta problemática existía desde la etapa del anterior regidor.

Asimismo, ha negado que el denunciante, que coincidió de concejal en la etapa en la que Juan Guillén fue alcalde de Pliego, le hiciera constar que tenía problemas "serios" con este local, debido al ruido "excesivo" e incluso las vibraciones que se producían en su vivienda, situada al lado del pub.

Toledo ha rechazado de forma categórica tener conocimiento de la situación en la que se encontraba el pub hasta que la llamaron a declarar en 2007. Al hilo, ha expuesto a los jueces que "ruidos hay en todos los pub de Pliego, porque están en el centro, y la Policía Local lo solventa perfectamente".

"Cuando hay un problema gordo me entero, pero no me llegué a enterar de que ese pub producía ruidos importantes", ha insistido la regidora, quien ha resaltado que "nunca" ha tomado ninguna decisión "con ningún otro local ni con ese en concreto que pueda perjudicar a los vecinos". Además, sostiene, el local está en "una calle estrecha donde hay bastantes pubs y las denuncias son solamente de esta persona, cuando allí vive más gente".

Un local que, según le ha recordado el fiscal, ejercido en la persona de José Luis Díaz Manzanera, estaba pendiente en el año 2000 de que se le concediera una licencia de apertura, que finalmente la Comunidad autorizó el trámite de la Declaración Ambiental en 2007.

Según ha dicho Toledo, cuando llegó a la Alcaldía su tarea no consistió en "ponerme a ver quién tiene o no tiene licencia, porque eso corresponde a la gente que lleva el día a día". "Vi que la licencia estaba en regla y en 2007 se le concedió la ampliación", ha indicado.

Informes y escritos de la policía local y el denunciante

Durante su declaración, el fiscal ha pedido en reiteradas ocasiones que se le exhibiera a la alcaldesa de Pliego escritos e informes en el que se deja constancia de la problemática de este local; y que Toledo ha negado conocer en todo momento la existencia de los mismos, porque "no todos los ve el alcalde, dado que si son de ruidos van a la Policía Local". "Firmo muchas cosas en el Ayuntamiento, no puedo leer folio por folio y tengo que fiarme de mis funcionarios", ha advertido.

Sin embargo, el fiscal ha llamado la atención sobre el hecho de que en marzo de 2004, misma época en la que se presentaron estos informes, Toledo era la máxima responsable de dicho Cuerpo policial, a lo que ella ha contestado que "había concejales auxiliares, porque es un ayuntamiento con pocos trabajadores y todos hacen un poco de todo".

En concreto, según el fiscal, el denunciando dirigió varios escritos a su persona en los que ponía de manifiesto que tenía molestias de ruido y vibraciones todos los fines de semana y en fiestas, que el local no contaba con licencia de apertura, que en su casa tenía a un enfermo terminal (la madre del denunciante), e incluso una denuncia de la Policía Local por incumplimiento del horario de cierre del local; hasta casi una decena de escritos que ha dicho desconocer y que no le pasaron.

Al hilo, ha subrayado que se tratarían de denuncias, por cuanto que si no eran propuestas de la Policía no se podía poner en marcha un expediente sancionador, que se abre exclusivamente con una propuesta. "A mi me tiene que llegar encima de la mesa una propuesta de algo, de abrir un expediente, de una resolución de algo", ha insistido.

Del mismo modo, se le ha exhibido, a petición del fiscal, diversos informes en los que se solicitaba una medición sonométrica y también, a instancias del denunciante, la Policía Local se personó en su domicilio en varias ocasiones, donde los agentes pudieron apreciar, según se desprende del contenido de esos informes, que las paredes y las escaleras vibraban; informes que ha dicho que no le pasaron.

Unos informes que realizaron los auxiliares de la Policía Local en 2004, ya que hasta 2006 Pliego, primer ayuntamiento con menos de 5.000 habitantes en hacerlo, no contó con la creación del Cuerpo de la Policía Local. Por tanto, ha señalado que esos auxiliares, que no agentes, "tenían una formación muy escasa".

Recuerda, no obstante, que en uno de los últimos informes de 2010 se abrió un expediente porque tuvo una propuesta de incoar un expediente, solamente en aquella ocasión. En este sentido, también ha recordado que el denunciante ya ganó un juicio donde el Ayuntamiento le tuvo que abonar 10.000 euros.

El ex alcalde declara

El juicio ha continuado con la declaración del ex alcalde Juan Guillén, quien ha reconocido que las únicas quejas de ese local fueron las típicas de las que "la gente te aborda por la calle y de comenta la situación, de que hay ruido, pero que tampoco era algo agobiante".

Incluso, en la etapa en la que coincidió con el denunciante, que desempeñaba funciones de concejal, "me comentó la situación y le dije que le diría a la Policía que se diera unas vueltas por ese local y los demás", pero, ha enfatizado, no le consta ninguna queja por escrito a pesar de que el fiscal ha pedido que se le exhibiera un conjunto de escritos en donde se relata la situación por la que pasaba el denunciante de exceso de ruido del local, que no contaba con licencia de apertura, vibraciones y demás problemas.

También se le ha enseñado un informe de la Policía Local donde se ordenaba el cierre firmado por el mismo, a lo que ha contestado que no tenía "ni idea" de ese documento. "No me di cuenta de lo que firmaba, me pondrían el papel, lo firmé pero no era conocedor de que estaba cerrando el bar", ha subrayado.

Tras negar que no se ejecutara la orden de cierre por tener amistad con la madre de uno de los dueños del local, Guillén ha insistido en que "conscientemente no he cerrado ningún local", solo le pidió el denunciante que mandara a más policía.

El juicio continúa este lunes

El juicio se reanudará este lunes con la declaración de los dueños del local. Para la alcaldesa y su antecesor, el fiscal solicita la pena de 18 meses de prisión y ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por la posible comisión de un delito de prevaricación al no haber perseguido la contaminación acústica procedente de dicho bar.

En su escrito de calificación, sostiene que el ingeniero municipal también es responsable de los hechos porque "tras su nombramiento como instructor del expediente sancionador, se limitó a notificarlo al infractor y ya no practicó ni una sola actuación más", por lo que solicita para él una pena de nueve meses de prisión y siete años de inhabilitación para empleo o cargo público.

El Ministerio acusa también a los dueños del local de un delito contra el medio ambiente y un delito de lesiones, y solicita para cada uno de ellos cinco años de prisión y treinta meses multa, con una cuota diaria de diez euros.

Como responsabilidad civil, el fiscal pide que los acusados indemnicen a la víctima en 15.000 euros por las lesiones y perjuicios causados, con responsabilidad civil subsidiaria a la comunidad de bienes propietaria del local, 'José Carlos Melero Ortega y Francisco Belijar Leyva C.B.', y al Ayuntamiento de Pliego.

También requiere que cada uno de los acusados preste una fianza que oscila entre los 65.333 euros para los acusados y los 62.933 euros a la alcaldesa, su antecesor y el ingeniero municipal.

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