Para apoyar su argumentación, el trabajador tenía dos cartas de su superior jerárquico directo diciendo que venía realizando una jornada completa por necesidades del servicio y solicitando al ministerio que le reconocieran la jornada completa. Además, existía un informe del inspector de trabajo en el que éste afirmaba que había corroborado que la jornada realizada por el trabajador excedía la jornada completa.
Por su parte, el ministerio afirma que el trabajador no ha sido contratado para realizar una jornada completa y que, por tanto, si él la realiza, lo hace por propia voluntad y no puede por tanto pedir que este exceso de jornada sea retribuido.
La sentencia
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid le da la razón al ministerio y determina que "el deber del empresario de proceder a la retribución de sus trabajadores es indudable, como también lo es que tal deber sólo alcanza a lo pactado en el contrato de trabajo. No cabe en coherencia que se intente reclamar un salario ordinario por una jornada distinta y superior a la que se tiene establecida".
Consulta las sentencias anteriores
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios