El Consell presenta un proyecto de decreto para regular las ausencias sin deducción de retribuciones

El secretario autonómico de Administración Pública, Pedro García Ribot, ha presentado este miércoles el proyecto de decreto por el que se determinan las condiciones del régimen de ausencias al trabajo por enfermedad o accidente, que no da lugar a deducción de retribuciones, lo que se traslada en aplicación de la normativa básica estatal, según ha informado la Generalitat en un comunicado.

El secretario autonómico de Administración Pública, Pedro García Ribot, ha presentado este miércoles el proyecto de decreto por el que se determinan las condiciones del régimen de ausencias al trabajo por enfermedad o accidente, que no da lugar a deducción de retribuciones, lo que se traslada en aplicación de la normativa básica estatal, según ha informado la Generalitat en un comunicado.

García Ribot ha hecho estas declaraciones tras la reunión de la Mesa General de Negociación que ha tenido lugar este miércoles en Valencia, con presencia de representantes de la Generalitat y de los sindicatos UGT-PV, CCOO-PV, CSIF, FSES e Intersindical Valenciana, y de la que ha destacado que "se ha desarrollado en un clima de consenso, diálogo y plena colaboración con los representantes sindicales".

Durante la Mesa de Negociación, García Ribot ha presentado dos nuevas propuestas a los sindicatos: un proyecto de decreto por el que se regulan las ausencias sin deducción de retribuciones y un proyecto de orden de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública sobre los criterios de aplicación de la mejora voluntaria de la acción protectora de la Seguridad Social.

De este modo, ha explicado que, a partir de la entrada en vigor de la primera medida, el parte de baja habrá de ser presentado a partir del cuarto día, y los días de ausencia motivada por enfermedad o accidente y que no den lugar a una situación de incapacidad temporal, a excepción de cuatro días al año, comportarán una reducción del 50 por ciento, por lo que se percibirá la misma retribución que si se estuviera de baja por contingencias comunes.

Con esta medida, "se pretende combatir las ausencias cortas y periódicas", ha explicado el secretario autonómico, quien ha precisado que el proyecto de decreto "elimina la facultad de exigir justificante de ausencia, hasta ahora obligatorio".

Por último, ha apuntado que, de los cuatro días de ausencia al año sin descuento en nómina, tres podrán tener lugar en días consecutivos, y en todo caso deberán estar "debidamente justificados".

Retribuciones para incapacidad temporal

Por otro lado, el proyecto de orden contempla los supuestos en los que "se complementará hasta el cien por cien de las retribuciones mientras dure la incapacidad temporal, cuando se produzca hospitalización —incluida la domiciliaria—, intervención quirúrgica, situaciones de violencia de género, enfermedad común durante el embarazo, enfermedades infecto-contagiosas o trastornos diagnosticados por psiquiatría como enfermedad mental grave", ha apuntado.

Esta norma, que recoge sugerencias de las organizaciones sindicales, se aplicará a las situaciones de incapacidad temporal que se hubieran iniciado desde el 1 de octubre de 2012, por lo que "retrotrae sus efectos a esa fecha".

Además, García Ribot ha subrayado que el Consell "cumple con sus compromisos adquiridos y avanza en las medidas de mejora de la situación de los empleados públicos de la Generalitat, a los que se pidió un sacrificio importante en su día debido a la situación económica".

Así, ha recordado que, entre las medidas recogidas en el acuerdo alcanzado en la última Mesa General de Negociación, celebrada en octubre de 2013, figuraba "la recuperación del cien por cien de la jornada y el sueldo completo para cerca de 2.000 interinos de la Administración de la Generalitat, una medida que ya es un hecho desde el pasado 1 de enero, junto con la percepción de las pagas extra para los funcionarios de carrera, como se puso de manifiesto el pasado mes de diciembre".

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