La Consejería de Educación y Cultura destina 264.600 euros a distintas ayudas culturales

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este miércoles 12 la convocatoria de ayudas en materia cultural destinadas a la producción teatral, de danza y de música profesionales, con un presupuesto total de 264.600 euros, de los que 204.600 se destinan al teatro y la danza y los 60.000 restantes a la música.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este miércoles 12 la convocatoria de ayudas en materia cultural destinadas a la producción teatral, de danza y de música profesionales, con un presupuesto total de 264.600 euros, de los que 204.600 se destinan al teatro y la danza y los 60.000 restantes a la música.

La Consejería de Educación y Cultura quiere, con estas ayudas, apoyar a los sectores escénico y musical extremeños, contribuir al fomento de la actividad desarrollada por las industrias culturales de la región y servir de "revulsivo" al desarrollo del empleo en este ámbito.

Dicha convocatoria de ayudas va destinada a financiar los gastos que genere el montaje de nuevas producciones, iniciadas a partir del 1 de enero de este año y concluidas antes del próximo 1 de noviembre, según ha informado el Gobierno de Extremadura en nota de prensa.

Los destinatarios son aquellas empresas o compañías cuyo domicilio esté radicado en Extremadura con un periodo mínimo de dos años de actividad profesional anterior a la publicación de la convocatoria o que acrediten haber producido al menos dos montajes escénicos o musicales.

Estos mismos requisitos se aplicarán para las compañías cuyo domicilio social esté fuera de la región pero oferten proyectos de interés cultural para la comunidad.

Las compañías que se hayan formado en 2013 también podrán acceder a estas ayudas, siempre que sus componentes tengan una actividad profesional "suficientemente acreditada" en los tres años anteriores a la formación de la empresa y cumplan con el requisito de territorialidad.

Gastos subvencionables

A efectos de esta convocatoria, se considerarán gastos subvencionables los relativos al personal; los relacionados con los elementos escénicos; los derechos de autor; la publicidad; los gastos generales; los tributos cuando el beneficiario de la ayuda los abone efectivamente; y otros gastos financieros, de asesoría o notariales si éstos son indispensables para la adecuada preparación o ejecución del proyecto.

La cantidad máxima por ayuda no podrá superar los 50.000 euros, ni el 60 por ciento del importe del presupuesto de producción aprobado.

Los interesados cuentan con un plazo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de la Orden en el DOE, para formalizar sus solicitudes. A la hora de valorarlas, se podrán obtener hasta 60 puntos por el proyecto de producción en sí y hasta 40 puntos por el valor artístico y cultural del citado proyecto.

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