El Gobierno de Navarra subvencionará con 95.000 euros a museos y colecciones museográficas permanentes

El Gobierno de Navarra va a otorgar durante este año 95.000 euros a museos y colecciones museográficas permanentes de Navarra, mediante tres convocatorias de subvenciones.

El Gobierno de Navarra va a otorgar durante este año 95.000 euros a museos y colecciones museográficas permanentes de Navarra, mediante tres convocatorias de subvenciones.

Dos de ellas, destinadas a ayudarles a financiar su funcionamiento, la promoción de actividades y actuaciones de difusión, se publican ya este miércoles en el Boletín Oficial de Navarra, y la tercera, dedicada a realización de inversiones, se publicará este viernes, día 14.

El plazo de presentación de solicitudes de las dos primeras convocatorias permanecerá abierto hasta el 27 de marzo, ha informado el Ejecutivo en una nota.

Ayudas al funcionamiento y difusión

La convocatoria de ayudas para el funcionamiento tiene una asignación de 45.000 euros. Estas ayudas otorgan una dotación fija de 10.000 euros que se concederán según el orden de prevalencia establecido en la aplicación de los criterios de valoración hasta agotar la dotación de la convocatoria. Estos criterios se refieren a la tipología del centro, calidad del proyecto, trayectoria cultural, actividad de la institución etc.

Por su parte, para dotar la convocatoria de actividades y actuaciones de difusión se han previsto otros 10.000 euros más.

Además, se destinarán otros 40.000 euros a ayudar a las colecciones y museos a sufragar gastos de inversión, con el fin de que puedan adecuarse de manera progresiva a los requisitos de exposición, conservación, seguridad, etc., previstos en la Ley Foral 10/2009, de 2 de julio, de Museos y Colecciones Museográficas Permanentes de Navarra.

Pueden presentarse a cada una de estas convocatorias los titulares de museos y colecciones museográficas permanentes inscritos en el Registro de Museos y Colecciones Museográficas Permanentes de Navarra, incluidos los reconocidos con carácter transitorio, a excepción de los pertenecientes a la Administración de la Comunidad foral y aquellos que hayan sido ya beneficiarios de subvenciones nominativas con la misma finalidad en este año.

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