El Principado aprueba recurrir la nueva Ley de Educación ante el Constitucional

El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias ha acordado este miércoles presentar recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce).

El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias ha acordado este miércoles presentar recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce).

La decisión de recurrir ante el Tribunal Constitucional cuenta con el aval del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, que se suma a los pronunciamientos en el mismo sentido realizados por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y los servicios jurídicos del Principado de Asturias, según indican desde el Ejecutivo autonómico en nota de prensa.

El Consejo Consultivo del Principado estima que "existen fundamentos jurídicos suficientes" para la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra 12 apartados del artículo único de la Lomce y contra su disposición transitoria segunda. Concretamente, señala que los apartados 5; 9; 15; 16; 20; 25; 26; 29; 61; 89; 91 y 107 del artículo único de la nueva ley de Educación colisionan con la Constitución Española.

Los informes que respaldan la presentación del recurso de inconstitucionalidad contra la Lomce "son concluyentes y consideran que la nueva normativa incumple principios constitucionales, al producirse una invasión y un vaciamiento de las competencias educativas de Asturias, autorizar la financiación de centros privados que discriminan al alumnado por sexo o limitar la participación de los padres en el control y la gestión de los colegios e institutos, entre otros", argumenta el Gobierno asturiano.

Entre los diferentes motivos de inconstitucionalidad apreciados en los tres dictámenes destacan, según el Principado, "la vulneración del sistema constitucional de distribución de competencias en la ordenación y la remisión genérica a la regulación en materia de currículo, evaluaciones finales y formación profesional".

"La nueva regulación priva a Asturias de participar en el desarrollo del currículo pues se cercenan las posibilidades de completar los estándares de aprendizaje evaluables y los criterios de evaluación establecidos para las asignaturas troncales y específicas", apuntan.

Igualmente, señalan un "exceso competencial de la Administración General del Estado con respecto a la regulación de las pruebas de evaluación final en las distintas etapas". "Se produce de facto un vaciamiento de las competencias del Principado, llegando incluso a su exclusión de la previa consulta para fijar los criterios de evaluación y las características de las pruebas", sostienen.

También observan un "exceso competencial en las previsiones con respecto a la educación infantil, las enseñanzas artísticas profesionales, las enseñanzas de idiomas, las enseñanzas deportivas y la Formación Profesional". "La Lomce omite cualquier referencia a las competencias de Asturias para el desarrollo del currículo básico fijado por el Gobierno central", dicen.

En los dictámenes se aprecia, del mismo modo, "vulneración del artículo 27.2 y 3 de la Constitución en la regulación de las asignaturas Valores Sociales y Cívicos y Valores Éticos como alternativas a la asignatura de Religión". "La Lomce no contempla como obligatoria una asignatura relativa a la formación ético-cívica del alumnado, circunstancia que puede suponer una vulneración del artículo 27.2 de la Constitución pues impediría el logro de la educación", exponen.

En la misma línea, se encuentra una "vulneración de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución en el apartado sesenta y uno (artículo 84.3 LOE) y la disposición transitoria segunda de la Lomce, dentro de la escolarización en centros sostenidos con fondos públicos.

"La nueva normativa, tras las sentencias judiciales dictadas en contra de centros que discriminan a sus alumnos por sexo, incorporó dos nuevos párrafos que consideran que 'no constituye discriminación la admisión de alumnos y alumnas o la organización de la enseñanza diferenciadas por sexos' y que 'en ningún caso la elección de la educación diferenciada por sexos podrá implicar para las familias, alumnos y alumnas y centros correspondientes un trato menos favorable, ni una desventaja, a la hora de suscribir conciertos con las administraciones educativas o en cualquier otro aspecto'", resaltan desde el Gobierno del Principado, apuntando que se plantea la inconstitucionalidad tanto de la educación diferenciada por sexos como del acceso de los centros que impartan educación diferenciada a la financiación con fondos públicos.

Finalmente, en la nueva norma educativa se observa "vulneración del artículo 27.7 de la Constitución al limitar la participación de los padres en el control y gestión de los centros (apartado 80 del artículo único de la Lomce)". "La reforma acometida da un salto desde un modelo participativo a otro de gestión concentrada, en el que se potencia la figura del director del centro, al que se atribuyen la práctica totalidad de las facultades de gobierno, a la vez que se recortan las del Consejo Escolar", concluyen desde el Ejecutivo autonómico.

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