El TS desestima el recurso del Cabildo de Fuerteventura contra el Campo Nacional de Maniobras y Tiro de Pájara

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Cabildo de Fuerteventura contra el Real Decreto 600/2012, de 30 de marzo, por el que se declara zona de interés para la Defensa Nacional el Campo Nacional de Maniobras y Tiro de Pájara (BOE de 31 de marzo de 2012).

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Cabildo de Fuerteventura contra el Real Decreto 600/2012, de 30 de marzo, por el que se declara zona de interés para la Defensa Nacional el Campo Nacional de Maniobras y Tiro de Pájara (BOE de 31 de marzo de 2012).

De esta manera, la Sala explicó que el Campo de Tiro de Pájara viene siendo utilizado por las Fuerzas Armadas desde el año 1977.

Aquí, por orden ARM/3521/2009 (BOE de 31 de diciembre de 2009) se declaró el paraje 'Cueva de Lobos' —que está comprendido dentro del perímetro del Campo de Tiro de Pájara— como 'zona de especial conservación' dentro de la Red Natura 2000, a los efectos previstos en los arts. 41 y siguientes de la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

"Conviene tener presente que el Capítulo III del Título II de dicho texto legal, donde se encuentran los mencionados preceptos, es transposición de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992", señaló el TS.

Agregó aquí que prácticamente en la misma época y mediante resolución del secretario de Estado del Medio Rural y del Agua de 30 de noviembre de 2009 (BOE de 1 de febrero de 2010), se declaró la isla de Fuerteventura como 'reserva de la biosfera', a efectos del art. 49 de la Ley 42/2007.

"Este último precepto ya no se encuentra dentro del citado Capítulo II, ni es transposición de ninguna directiva europea: su finalidad es, más bien, dar cumplimiento a ciertos compromisos internacionales de España, asumidos en el marco de la UNESCO", concluyó.

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