El Gobierno cifra en 150 millones los daños ocasionados por el temporal en el norte peninsular en 2014

El ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, ha cifrado "a día de hoy" en 150 millones de euros los daños ocasionados por el temporal en el norte peninsular en los dos primeros meses de 2014, que beneficiarán a cerca de un centenar de municipios y núcleos de población afectados de Galicia, Asturias, Cantabria y País Vasco. De esta cifra, 130 millones corresponden a bienes públicos y 20 millones a bienes de particulares.
Daños del temporal en Santander
Daños del temporal en Santander
EUROPA PRESS
Daños del temporal en Santander

El ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, ha cifrado "a día de hoy" en 150 millones de euros los daños ocasionados por el temporal en el norte peninsular en los dos primeros meses de 2014, que beneficiarán a cerca de un centenar de municipios y núcleos de población afectados de Galicia, Asturias, Cantabria y País Vasco. De esta cifra, 130 millones corresponden a bienes públicos y 20 millones a bienes de particulares.

Fernández Díaz ha realizado estas declaraciones en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en el que se ha aprobado un decreto ley para paliar los efectos de los temporales en la zona con una serie de "medidas urgentes" para tenerlo "todo listo antes de que empiece la temporada turística", según la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría.

Los daños producidos durante el temporal —en particular los días 1 y 2 de febrero— han alcanzado, tanto a bienes de particulares, fundamentalmente locales comerciales, viviendas y vehículos situados en las inmediaciones de zonas de playa o portuarias; como a bienes de titularidad pública de las distintas Administraciones: dominio público marítimo terrestre, en particular playas y puertos de titularidad estatal, así como diversas infraestructuras municipales y autonómicas de las provincias afectadas.

Desde el inicio de la situación, el Gobierno ha adoptado las medidas necesarias tanto para prevenir, desde un principio y en colaboración con otras Administraciones afectadas, los riesgos que para personas y bienes pudiesen derivarse de la sucesión de temporales y la mantenida situación de alerta, como para dar información y atención a los damnificados y evaluar los daños efectivamente producidos, a fin de poder dar una respuesta ágil y proporcionada, atendiendo, en tiempo y forma, a todos los daños personales y a infraestructuras públicas causados por estos temporales.

En su intervención, el titular de Interior ha precisado que el Real Decreto incluye diferentes medidas, que afectan a varios ministerios —entre los que se encuentran Industria, Fomento, Hacienda o Medio Ambiente, entre otros—, al contemplar actuaciones relacionadas con la disminución de cargas tributarias, ayudas a las empresas y particulares afectados, y medidas para facilitar la reparación de los bienes dañados y restablecer la calidad de vida en las zonas afectadas.

También figuran ayudas destinadas a paliar daños personales y materiales de viviendas y enseres, incluidos los sufridos en establecimientos agrarios y marítimo-pesqueros; actuaciones en la costa, en el dominio público hidráulico y en las infraestructuras rurales de uso general en las comunidades autónomas afectadas; reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias; y medidas laborales y de Seguridad Social.

En este último punto, se incluye la moratoria de hasta un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de las empresas y los trabajadores por cuenta propia que hayan sufrido daños o pérdidas de actividad directamente derivadas del temporal, como es el caso de pescadores y mariscadores.

Por otro lado, dada la naturaleza de los daños y atendiendo al importante número de establecimientos mercantiles que en playas y zonas costeras han resultado dañados, el Real Decreto Ley, además de las medidas de ayuda más comunes ante este tipo de sucesos catastróficos, contiene disposiciones específicas para ayudar en particular a empresas de pequeño tamaño que hayan visto afectados sus establecimientos turísticos y de otra naturaleza, ampliando las ayudas ya existentes.

Además, para que los municipios costeros concernidos puedan reparar los daños antes del comienzo de la temporada turística, se incluye una convocatoria especial de préstamos bonificados a través del Fondo Financiero para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT), con el fin de financiar las obras de reparación de las infraestructuras turísticas municipales y establecimientos turísticos privados que hayan quedado afectados.

El ministro de Interior ha añadido además que se va a poner en marcha una comisión de seguimiento integrada por los ministerios afectados en coordinación con las comunidades autonómicas. Las actuaciones de restauración de las infraestructuras de titularidad estatal contempladas se financiarán mediante créditos extraordinarios con cargo al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria.

Especificidad de las ayudas

En el caso del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, las actuaciones, medidas y obras de emergencia que va a impulsar este departamento ascienden a unos 44 millones de euros, de los que 35 millones se destinarán a actuaciones y obras de emergencia; nueve millones para las relativas al dominio público hidráulico; y cerca de 600.000 euros en materia de obras de emergencia para infraestructuras rurales.

En el ámbito del Ministerio de Interior, se flexibilizan los requisitos exigidos para la concesión de ayudas en situaciones de emergencia, de manera que se amplía de uno a dos meses el plazo para presentar las solicitudes para cualquiera de estas ayudas, y se reduce de seis a tres meses el plazo para resolver.

Por otro lado, se contemplan ayudas por daños personales (fallecimiento o incapacidad), por daños materiales en viviendas habituales y enseres, ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, pesqueros y turísticos, y a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes.

También se incluyen ayudas a las Corporaciones Locales por los gastos causados para hacer frente a estas situaciones de emergencia, como, por ejemplo retirada de arenas o limpieza de vías y paseos marítimos. Asimismo, se facilita la acreditación de la titularidad de los inmuebles afectados, además de prever otras ayudas como la exención de determinadas tasas de tráfico a los damnificados.

En relación con las infraestructuras locales, se prevé la posibilidad de financiar hasta el 50 por 100 del coste de la reparación de los servicios afectados y se tramitarán por el procedimiento de emergencia las obras de reparación o restitución de todo tipo de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal, de las mancomunidades y de la red viaria de las Diputaciones Provinciales.

En beneficios fiscales, contempla la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las ayudas por daños personales, y respecto de los bienes dañados, exención de cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, reducción de cuotas del Impuesto sobre Actividades Económicas o la habilitación prevista para el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para reducir los módulos de las actividades agrarias para fijar la cuota de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Valor Añadido.

En el ámbito laboral, se recogen medidas de flexibilización del régimen laboral y exenciones de cuotas de la Seguridad Social. Se incluye la moratoria de hasta un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de las empresas y los trabajadores por cuenta propia que hayan sufrido daños o pérdidas de actividad directamente derivadas del temporal, como es el caso de pescadores y mariscadores.

Por último, en cuanto al régimen de contratación, se flexibilizan alguno de los requisitos exigidos por la normativa en materia de contratos del sector público, se consideran obras, servicios, adquisiciones o suministros de emergencia aquellos que se realicen como consecuencia de los siniestros, cualquiera que sea su cuantía.

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