Penas de entre tres y año y medio de cárcel para acusados de traficar con droga desde Andújar

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha impuesto penas de entre tres y un año y medio de cárcel para las cinco personas --identificadas como M.A.M.P., D.M.P., J.C.S., M.A.A.S. y F.L.Z.-- a las que la Fiscalía atribuía un presunto delito contra la salud pública con origen en un domicilio de la localidad jiennense de Andújar, desde donde la pareja conformada por los imputados M.A.M.P. y J.C.S. supuestamente se dedicaba a vender droga en el año 2012.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha impuesto penas de entre tres y un año y medio de cárcel para las cinco personas —identificadas como M.A.M.P., D.M.P., J.C.S., M.A.A.S. y F.L.Z.— a las que la Fiscalía atribuía un presunto delito contra la salud pública con origen en un domicilio de la localidad jiennense de Andújar, desde donde la pareja conformada por los imputados M.A.M.P. y J.C.S. supuestamente se dedicaba a vender droga en el año 2012.

Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press y fechada el pasado día 13 de este mes de febrero, las penas han sido aceptadas previamente a la celebración del juicio por los cinco encartados, que han llegado así a un acuerdo de conformidad por el que M.A.M.P. y D.M.P. han sido condenados, cada uno de ellos, a tres años de cárcel por un delito contra la salud pública; a M.A.A.S. y J.C.S. —a quienes se les aplica la atenuante de drogadicción—, a penas de dos años y un año y seis meses de prisión, respectivamente, como cómplices del mismo tipo penal, y a F.L.Z. a otros tres años de prisión por el mismo delito contra la salud pública, pero con la atenuante también de drogadicción.

"Por expresa conformidad de las partes", se declara probado en la sentencia que el acusado identificado como M.A.M.P. y su pareja sentimental, J.C.S., "con ánimo de obtener un beneficio ilícito, desde abril de 2012 hasta octubre del mismo año, se dedicaban a la venta de sustancias estupefacientes en su vivienda habitual (...), que les proporcionaba el acusado D.M.P.".

En el relato de hechos probados, el tribunal de la Audiencia recuerda la serie de investigaciones y actuaciones realizadas a lo largo de varios meses por el Equipo de Delincuencia Organizada y Antidroga (EDOA) de la Guardia Civil de Jaén a partir de abril de 2012 en torno a la supuesta actividad ilícita descubierta en el domicilio de la referida pareja, en Andújar.

La investigación iniciada por la Guardia Civil incluyó la intervención durante varias semanas de una serie de comunicaciones realizadas entre los sospechosos a través de sus teléfonos móviles, previa autorización del Juzgado de Instrucción número dos de Andújar.

Fruto de estas actuaciones, la Benemérita, según relata la sentencia, supo que el 4 de octubre de 2012, los acusados M.A.A.S., alias 'el enano', y F.L.Z., alias 'el cojo', viajarían a la localidad de La Carolina (Jaén) para adquirir de un desconocido, al que conocían los imputados M.A.M.P. y D.M.P. —hermanos entre sí—, "una importante cantidad de droga para su ulterior venta y distribución en La Carolina".

Ante ello, la Guardia Civil "montó un dispositivo de control" dicho día 4 de octubre que permitió ver cómo el acusado M.A.A.S. entregaba en una estación de servicio de La Carolina a F.L.Z. "una bolsa de color blanco" que contenía "cocaína con una riqueza del 57,7 por ciento, con un peso neto de 104,73 gramos y un valor de mercado de 6.447,10 euros".

A raíz de este descubrimiento, agentes del Instituto Armado registraron los domicilios de dichos dos acusados y de D.M.P., donde encontraron, en total, tres lotes de 'cannabis' con un peso final de 1.355,90 gramos y un valor de mercado superior a 7.300 euros, y un lote de hachís "con una riqueza del 9,6 por ciento, un peso de 330,51 gramos y un valor en el mercado de 504,68 euros".

La sentencia puntualiza que "todos los acusados son consumidores de droga, lo que pudo alterar levemente su capacidad de raciocinio", a la vez que impone también multas de 10.000 euros a los acusados M.A.M.P., D.M.P. y J.C.S., y de 6.500 euros a M.A.A.S. y F.L.Z.

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