La CNMV multa al Santander por infracciones relacionadas con el producto 'Valores Santander'

  • La multa asciende a casi 17 millones de euros por la comisión de dos infracciones, una muy grave y otra grave, relacionadas con ese producto.
  • Las resoluciones que imponen estas sanciones únicamente son firmes en vía administrativa.
Imagen de archivo de la fachada del Banco Santander.
Imagen de archivo de la fachada del Banco Santander.
Imagen de archivo de la fachada del Banco Santander.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha multado con casi 17 millones de euros al Banco Santander por la comisión de dos infracciones, una muy grave y otra grave, relacionadas con el producto 'Valores Santander'.

En concreto, y según consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este lunes, la CNMV ha sancionado con 10 millones de euros al Banco Santander por no disponer de la información necesaria sobre sus clientes en el proceso de suscripción de la emisión 'Valores Santander'.

La CNMV considera que la entidad incurrió así en una infracción grave, tipificada en la Ley del Mercado de Valores de 28 de julio, vigente con anterioridad al 21 de diciembre de 2007.

Esta multa fue impuesta por la CNMV el 13 de junio de 2012 y ya es firme en vía administrativa, por lo que ahora procede a publicarse en el BOE.

Asimismo, la CNMV ha impuesto una multa de 6,9 millones de euros al banco al considerar que cometió una infracción muy grave, consistente en el incumplimiento de algunas de las obligaciones que regulan la relación entre el Santander y sus clientes respete al producto 'Valores Santander'.

Esta sanción fue impuesta mediante una Orden Ministerial, fechada el 20 de julio de 2012, y ya es firme en vía administrativa, por lo que, como en el caso anterior, se publica en el BOE mediante una resolución firmada por la presidenta del organismo, Elvira Rodríguez.

Las resoluciones que imponen estas sanciones únicamente son firmes en vía administrativa, sin perjuicio de las postestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso-Administrativo), competente para conocer los recursos que en su caso se hayan interpuesto o pudieran interponerse.

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