La Audiencia rebaja la pena a dos hombres que se agredieron durante un concierto en La Magdalena

A uno de ellos se le aplica la eximente incompleta de legítima defensa y a los dos la atenuantes por dilaciones indebidas

La Audiencia Provincial ha rebajado la pena impuesta a dos hombres que se agredieron durante un concierto en la Campa de La Magdalena porque, entre otras razones, pasaron casi ocho meses entre que se celebró el juicio y la sentencia, por lo que ha tenido que aplicar la atenuante de dilaciones indebidas. Además, a uno de ellos, R.B.G. se le aplica la eximente de legítima defensa.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 24 de julio de 2010 cuando uno de los acusados, JL.F.G., se subió a un altavoz durante uno de los conciertos que se celebran en la Campa de La Magdalena con motivo de la Semana Grande.

Al verlo, uno de los empleados de la empresa organizadora del evento se acercó y le instó a que se bajara, a lo que JL.F.G. respondió agarrándole "fuertemente por el cuello", lo que le causó una contractura muscular cervical, y huyendo del lugar, perdiéndose de vista entre el público.

El agredido fue a buscar a un compañero suyo en la empresa para que le ayudara a buscar a JL.F.G., al que encontraron entre el público.

El acusado aprovechó un momento en que el empleado al que había agredido con anterioridad le señaló con el dedo para retorcérselo, causando inflamación y dolor. Por estas dos agresiones, el empleado tuvo lesiones y le quedaron secuelas.

Posteriormente, el agresor, al que le acompañaban R.B.G, su novia y otra persona, fue conducido al exterior del recinto.

Sin embargo, durante el trayecto hacia la salida "se giró súbitamente" y propinó un cabezazo a R.B.G., y éste, "con idéntico ánimo" y "para responder al cabezazo", le pegó un puñetazo en la cara. Ambos resultaron con lesiones.

Por estos hechos, el Juzgado de lo Penal Número Uno de Santander condenó a R.B.G. y a JL.F.G. a seis meses de prisión a cada uno por un delito de lesiones.

Además, a JL.F.G. este juzgado le condenó a una multa de 360 euros por una falta de lesiones y a indemnizar al empleado al que agredió con 350 euros por las lesiones y 250 por las secuelas.

Contra esta sentencia, recurrieron los dos acusados y el empleado agredido, recursos que contaron con la oposición del Ministerio Fiscal.

Ahora, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha reducido de 6 a 3 meses de prisión la pena impuesta a R.B.G. al aplicarle la eximente incompleta de legítima defensa y la atenuante de dilaciones indebidas ya que el juicio se celebró en junio de 2012 y la sentencia del Juzgado de lo Penal se dictó en febrero de 2013, casi ocho meses después, sin que en ese tiempo se practicara "ninguna diligencia".

Al otro acusado, a JL.F.G., al que se le considera autor de un delito de lesiones y también de unas faltas de lesiones, únicamente se le aplica la atenuante de diligencias indebidas pero no afecta a la pena de prisión.

Sí se le reduce a la mitad la multa a pagar, de 360 a 180 euros, si bien la Audiencia Provincial incrementa a 797,5 euros la indemnización al empleado agredido.

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