La familia de la víctima de Úbeda cree que la condena "menosprecia la vida de una mujer"

La familia de S.D.J., la joven a la que la Audiencia Provincial de Jaén considera probado que su novio, I.R.G., asesinó por asfixia en la madrugada del 13 de octubre de 2012 en el domicilio que ambos compartían en la localidad jiennense de Úbeda, ha mostrado su insatisfacción con la pena de 23 años finalmente impuesta por el tribunal contra el acusado, y considera que supone "un menosprecio a la vida de una mujer".

La familia de S.D.J., la joven a la que la Audiencia Provincial de Jaén considera probado que su novio, I.R.G., asesinó por asfixia en la madrugada del 13 de octubre de 2012 en el domicilio que ambos compartían en la localidad jiennense de Úbeda, ha mostrado su insatisfacción con la pena de 23 años finalmente impuesta por el tribunal contra el acusado, y considera que supone "un menosprecio a la vida de una mujer".

Así lo ha manifestado a Europa Press uno de los hermanos de la víctima, Igor Díez, el mismo día en el que se ha conocido que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén, ateniéndose al veredicto del jurado que desde el pasado día 27 de enero ha enjuiciado este caso, ha condenado al encartado a una pena de 18 años de cárcel por un delito de asesinato y una de cinco años menos un día por otro de incendio cometido al haber prendido fuego a la vivienda en la que se produjeron los hechos tras acabar con la vida de su pareja.

Igor Díez ha indicado que la condena impuesta en la sentencia "no ha causado sorpresa" en su familia, que "más o menos se hacía una idea" del número de años al que finalmente sería condenado I.R.G. a tenor de las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal en el juicio, que precisamente coincidían con las finalmente decididas por el tribunal.

Aunque ha subrayado que "ninguna sentencia les va a devolver a su hermana", especialmente a su madre, a la que la muerte de S.D.J. "le ha quitado la vida", el portavoz de la familia cree que los 18 años de cárcel con los que se castiga el delito de asesinato que se atribuye a I.R.G. suponen "un menosprecio a la vida de una mujer".

Para Igor Díez, esa cifra "no se aproxima" a lo que la sociedad demanda para los casos de violencia de género que se registran actualmente, y "está muy lejos de satisfacer la ira o la rabia de una familia que ha sufrido esa lacra", algo de lo que culpa "al sistema" judicial, no al jurado que se ha encargado del caso, cuya actuación ha calificado con "un sobresaliente".

Con todo, la familia de S.D.J. no se plantea recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), como ya ha anunciado que realizará la defensa del encartado, ya que, según ha apuntado, "el que impongan dos o tres años más de condena al acusado tampoco le reportará mucho a nivel moral, y en cambio supondrá un mayor desgaste" para su familia, a la que, según ha lamentado, "nadie cubre ni los daños morales ni los económicos sufridos" por este caso.

Como se ha informado, la sentencia de la Audiencia, fechada el pasado día 6 de este mes de febrero, confirma que el jurado ha descartado las circunstancias eximentes o atenuantes que esgrimía la defensa para explicar el comportamiento del procesado; en concreto, las de trastorno mental transitorio y embriaguez, y, en cambio, sí ha apreciado la agravante de parentesco.

Hechos probados

De esta manera, considera probado que el encartado, tras discutir con su novia, "le propinó diversos y fuertes golpes", lo que hizo que ésta "perdiera la conciencia y cayera al suelo, y una vez caída en el suelo boca arriba e inconsciente", le "apretó fuertemente su cuello hasta que le produjo la muerte por asfixia", para, seguidamente, y con el fin de "ocultar los hechos que acababa de realizar", prender "fuego de forma deliberada a un sillón o sofá existente en el salón del piso, situados junto al cadáver de S.D.J.".

La sentencia también obliga al condenado, en concepto de responsabilidad civil, a indemnizar con 200.000 euros a los padres de la víctima; con 44.375,40 euros al dueño del inmueble en el que convivía la pareja y donde se produjo el suceso, y con 1.067,89 euros al Ayuntamiento de Úbeda por el coste del servicio de extinción de incendio realizado la noche del crimen en el domicilio en el que se produjo.

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