Audiencia reduce la pena a un individuo de 22 a 11 meses de prisión al no encontrarle autor del hurto de un coche

La Sección número 3 de la Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado la pena de 22 meses de cárcel a la que había sido condenado un individuo por el hurto de dos coches a solo 11 meses de prisión, al entender que no está acreditado "con el nivel de certeza exigible" que fuese el autor del hurto del primer vehículo.

La Sección número 3 de la Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado la pena de 22 meses de cárcel a la que había sido condenado un individuo por el hurto de dos coches a solo 11 meses de prisión, al entender que no está acreditado "con el nivel de certeza exigible" que fuese el autor del hurto del primer vehículo.

Con esta sentencia, la Audiencia Provincial desestima parcialmente la sentencia del Juzgado de lo Penal Número 2 de Murcia, que previamente había condenado al acusado a 22 meses de cárcel como responsable criminalmente en concepto de autor, de dos delitos de hurto, por robar dos coches en momentos diferentes.

El primer hurto se remonta a las 17.30 horas del 18 de octubre de 2006, cuando una persona o personas no identificadas sustrajeron un vehículo, Audi A6, propiedad de H. en la calle José Cremades de Molina de Segura donde se encontraba estacionado, introduciéndose en su interior y arrancando el vehículo con las llaves que había dejado su dueño sobre el salpicadero.

Dicho vehículo fue recuperado en Austria el 7 de noviembre cuando era conducido por un individuo no imputado en las actuaciones, y el propietario no reclamó nada, según aparece recogido en los hechos considerado probados en la sentencia.

A pesar de que el Juzgado de lo Penal Número 2 de Murcia dio por probado que el acusado era el autor del hurto, la Audiencia cree que los indicios "no permiten concluir" su culpabilidad "con el nivel de certeza exigible".

En concreto, la Audiencia admite que se establece una sospecha racional sobre la sustracción, pero que se funda en la supuesta utilización del vehículo de acompañamiento, un Renault 19 Chamade de color rojo "que tampoco se fija con certeza, dado que atiende a información que se le transmite al propietario por otra persona que estaba en el lugar".

Además, se fundamenta en la identificación del acusado como una de las tres personas que acudieron a la compra del citado Renault 19 Chamade.

Esos indicios, según la Audiencia, "no permiten concluir con el nivel de certeza exigible para una condena que el acusado tuvo que intervenir en la sustracción, dado que fueron tres los acusados en su momento detenidos, y con dos es suficiente para realizar la acción de acompañamiento y de sustracción".

La Audiencia sí considera demostrado que, sobre las 16.30 horas del 27 de noviembre de 2006, el acusado J.A., de nacionalidad rumana, mayor de edad y sin antecedentes penales, junto con otros dos varones que no han sido enjuiciados al encontrarse declarados rebeldes, se dirigieron en el vehículo Renault 19 Chamade a la estación de servicios La Serreta, de Molina de Segura (Murcia).

En ese lugar, P. había estacionado su vehículo Seat León y se bajó del mismo para repostar gasolina. En ese momento, y con propósito de obtener un beneficio económico, el acusado J.A. se introdujo en el interior del vehículo por la puerta del copiloto, mientras los otros dos acompañantes permanecían en el Renault 19.

El acusado arrancó a continuación el vehículo, cuyas llaves se encontraban puestas, y se marcharon del lugar todos en los citados vehículos.

Los hechos fueron presenciados por dos agentes del Cuerpo Nacional de Policía, quienes realizaban en ese momento labores de seguimiento del acusado J.A. y de sus acompañantes.

La Policía encontró posteriormente todos los objetos sustraídos, a excepción de una americana, en el interior del domicilio del acusado y de sus acompañantes, durante la diligencia de entrada y registro autorizada por el Juzgado de, siendo entregados a su legítimo propietario.

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