Condenan a Deutsche Bank a devolver 2,9 millones por la mala comercialización de preferentes

  • La Audiencia Provincial de Madrid da la razón 49 clientes tras interponer una demanda contra Deutsche Bank que un juzgado desestimó y ellos recurrieron.
  • Es la mayor demanda en volumen y por número de demandantes que un tribunal de apelación resuelve de forma favorable para afectados.
  • La Audiencia concluye que la entidad "no ha cumplido con lo que le incumbía: informar adecuadamente sobre la naturaleza y riesgos del producto".
Imagen de archivo de una sede del Deutsche Bank.
Imagen de archivo de una sede del Deutsche Bank.
EFE
Imagen de archivo de una sede del Deutsche Bank.

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Deutsche Bank a devolver 2,9 millones de euros a medio centenar de clientes a los que no ofreció información suficiente sobre las participaciones preferentes en el momento de la venta ni sobre los riesgos que este producto podría llegar a tener.

El caso, tramitado por los despachos de abogados Zunzunegui Abogados y Jausas, se remonta a 2011, cuando 49 clientes de la entidad interpusieron una demanda contra Deutsche Bank que el Juzgado de Primera Instancia número 56 de Madrid desestimó al entender que su perfil inversor demostraba que eran clientes familiarizados con los productos híbridos.

Los afectados recurrieron esta decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid, que ahora les da la razón. La Sala estima que "los demandantes no recibieron de Deutsche Bank la información suficiente para poder dar su pleno consentimiento a la contratación de dichas preferentes".

"Los demandantes estaban dando su conformidad o consentimiento a un producto bancario que no era lo que ellos realmente querían o pretendían", destaca la sentencia, que añade que en una contratación en la que la información que se ofrece a las partes es "incompleta o confusa" se puede producir en el otro una representación de la realidad que no coincide con lo que realmente es objeto de contratación".

La Audiencia resalta que lo que intentaban los clientes era "invertir en productos rentables pero seguros". "No buscan un producto de inversión arriesgada. Y si firmaron las preferentes fue en atención a la información que le ofrecía Deutsche Bank", aclara.

También insiste en que el producto que se vendió a los demandantes era "mucho más complejo" de lo que parecía en un principio, por lo que terminó generando unos "efectos nocivos" (pérdidas del capital), "que no sólo no habían sido deseados, sino que no podían ni siquiera ser imaginados por el cliente".

Por todo ello, concluye que la entidad "no ha cumplido con lo que le incumbía: informar adecuadamente a sus clientes sobre la naturaleza y riesgos del producto".

Según destacan los despachos de abogados en un comunicado, ésta es la mayor demanda en volumen y por número de demandantes que un tribunal de apelación resuelve de forma favorable para afectados. Las inversiones de los afectados oscilaban entre los 22.000 y los 298.000 euros.

Los letrados Fernando Zunzunegui (Zunzunegui Abogados) y Jordi Ruiz de Villa (Jausas), que han defendido a los afectados, consideran que la sentencia tiene la novedad de reconocer que Deutsche Bank como comercializador debía o tenía que conocer "esos movimientos, alertas, temores y presagios" que desde 2006 afectaban a los mercados, escollos de los que debía haber avisado a los inversores.

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