La Generalitat sancionará avisos ficticios al 112 y actuaciones de emergencias motivadas por negligencias

El Consell ha aprobado este viernes el proyecto de decreto por el que se regula el procedimiento para la repercusión de costes de movilización de los servicios de emergencias de intervención dependientes de la Conselleria de Gobernación y Justicia de forma negligente o intencionada. Así, entre otras, se sancionarán los avisos ficticios al teléfono 112 y actuaciones de emergencias motivadas por negligencias.
Servicio 112 de la Generalitat
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EUROPA PRESS
Servicio 112 de la Generalitat

El Consell ha aprobado este viernes el proyecto de decreto por el que se regula el procedimiento para la repercusión de costes de movilización de los servicios de emergencias de intervención dependientes de la Conselleria de Gobernación y Justicia de forma negligente o intencionada. Así, entre otras, se sancionarán los avisos ficticios al teléfono 112 y actuaciones de emergencias motivadas por negligencias.

Según ha informado el vicepresidente y portavoz del Consell, José Císcar, el decreto recoge toda una serie de circunstancias en las que los servicios esenciales de intervención frente a emergencias "se ven obligados a actuar por comportamientos contrarios a las recomendaciones de Protección Civil o incluso se tienen que movilizar ante falsos avisos de urgencia".

Así, pues, el decreto prevé sanciones para avisos ficticios al teléfono 112 con el consiguiente desplazamiento de medios; o el desarrollo de una actividad recreativa de riesgo en zona prohibida, como el baño en pantanos en los que así esté señalizado; la movilización de recursos por la práctica de una actividad deportiva de riesgo, como puede ser el barranquismo, en situaciones meteorológicas de alerta naranja o roja y por tanto preemergencia; o cualquier evento deportivo, como una carrera de vehículos a motor, que no disponga de Plan de Autoprotección y que cause un incendio forestal.

Multas por incendios

El ejemplo "más ilustrativo" sobre la necesidad de medidas contundentes que fomenten la prevención y la concienciación son los incendios forestales, ya que "más de un 70 por ciento" de los mismos tienen como causa la intencionalidad o la negligencia.

Así pues, las sanciones, cuyo coste ya estaría ponderado, por causar un incendio pueden oscilar desde los 9.000 euros en el caso de un incendio que se extingue a las pocas horas, a los más de 26.000 euros en el caso de un incendio forestal en el que los medios de extinción trabajan todo un día. No obstante, las cantidades "no son fijas", sino que dependen de los medios que intervienen y de la duración del incendio.

La regulación de las sanciones tiene un sentido puramente preventivo y disuasorio y persigue combatir los comportamientos maliciosos y concienciar frente a los comportamientos negligentes. Es por ello que la propia Ley ya especifica que esta indemnización se aplicará de manera ponderada.

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