De Torre dice que los usos de las carreras de caballos se establecieron a instancias del Ayuntamiento de Sanlúcar

El subdelegado del Gobierno en Cádiz, Javier de Torre, defiende que "la resolución de la Junta del 14 de agosto de 2012 estableció, en función de la documentación y calificación del Ayuntamiento de Sanlúcar, el uso lucrativo de determinadas instalaciones que existen en la Sociedad de Carreras de Caballos de Sanlúcar", al tiempo que ha dicho que "hay que apoyar" las carreras de caballos porque "son un evento importantísimo, un motor económico para Sanlúcar de Barrameda".

El subdelegado del Gobierno en Cádiz, Javier de Torre, defiende que "la resolución de la Junta del 14 de agosto de 2012 estableció, en función de la documentación y calificación del Ayuntamiento de Sanlúcar, el uso lucrativo de determinadas instalaciones que existen en la Sociedad de Carreras de Caballos de Sanlúcar", al tiempo que ha dicho que "hay que apoyar" las carreras de caballos porque "son un evento importantísimo, un motor económico para Sanlúcar de Barrameda".

En una rueda de prensa ofrecida este lunes, De Torre ha insistido en que "son los propios ayuntamientos de la costa los que establecen qué actividades, de las que se van a desarrollar en la zona costera que es de su término municipal, son de carácter lucrativo y qué actividades son de carácter no lucrativo".

El subdelegado del Gobierno en Cádiz ha explicado que "a partir de 2011 la competencia en materia de la gestión del dominio público marítimo terrestre corresponde a la comunidad autónoma, y en función de la información que aportan los ayuntamientos, la junta se dicta una resolución que determina exactamente si los usos serán lucrativos o no, y establece por ello un canon".

De Torre defiende que "la Demarcación de Costas de Andalucía Atlántico lo único que hace es solicitar el canon en virtud de la calificación que ha hecho primero el Ayuntamiento de Sanlúcar y después la Junta", recalcando que Costas, "no tiene la facultad para calificar o descalificar algo que dice el Ayuntamiento de Sanlúcar que es de uso lucrativo".

"Estaremos encantados de no recaudar el canon si el Ayuntamiento de Sanlúcar no calificar como uso lucrativo esas instalaciones, pero es él el que debe hacerlo a través de la resolución de la Junta que nos vincula a efectos de recaudarlo", ha enfatizado el subdelegado del Gobierno en Cádiz.

De Torre ha insistido en que "desde la Demarcación de Costas de Andalucía Atlántico no podemos cambiar el sentido del uso que da la Junta con la información que aporta el ayuntamiento correspondiente; respetamos esa competencia de la comunidad autónoma y lo único que hacemos es aplicar la normativa".

Así, el subdelegado asegura que el canon girado por los usos lucrativos derivados de la celebración de las carreras de caballos al Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), se ha rebajado porque el Ayuntamiento sanluqueño ha aportado documentación que ha permitido a la Demarcación de Costas de Andalucía Atlántico "definir mejor y actualizar" la baremación realizada, pasando el importe del canon de 12.544 euros a 3.139 euros tras la referida actualización.

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