Educación abre el plazo para solicitar o modificar los conciertos educativos para el curso 2014-2015

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha publicado este viernes la Orden por la que se dictan las normas sobre la suscripción y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2014-2015.
Aula de colegio
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COMUNIDAD DE MADRID
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La Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha publicado este viernes la Orden por la que se dictan las normas sobre la suscripción y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2014-2015.

Dicha Orden establece que los centros docentes privados que deseen suscribir conciertos educativos o modificarlos deberán presentar solicitud a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte hasta el 31 de enero.

Según detalla la Orden, que recoge Europa Press, los centros autorizados de 2º ciclo de educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria, así como educación especial, que en el curso 2013/2014 no accedieron al régimen de conciertos educativos, podrán solicitar el acceso al mismo para las unidades que tengan en funcionamiento, siempre que exista suficiente demanda de las familias y satisfaga necesidades de escolarización.

Se podrá solicitar apoyo para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que esté incluidos en alguno de los grupos siguientes: alumnado con necesidades educativas especiales, alumnado con dificultades específicas de aprendizaje o alumnado con necesidad específica de apoyo educativo por condiciones que afectan a su historia escolar.

Los centros de formación profesional que soliciten la transformación de unidades concertadas requerirán la previa autorización de las enseñanzas para las que solicitan la transformación, la cual se producirá por el mismo número de unidades que el centro tuviera concertadas.

Cuando se solicite implantación de enseñanzas de formación profesional derivadas de la nueva ordenación de la Formación Profesional establecida en la LOMCE y en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, que sustituyan a enseñanzas concertadas se requerirá la autorización del número de unidades suficiente para impartir las enseñanzas que se implantan.

La ratio máxima establecida para cada nivel podrá verse incrementada por el número de repetidores en las unidades escolares que así lo requieran sin que ello suponga un aumento del número de unidades concertadas. Tampoco podrá concederse aumento de unidades por superación de la ratio máxima cuando se deba a una autorización excepcional otorgada a petición del centro.

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