(AM)La Xunta renueva la regulación para aprovechar madera y pasto y regula por vez primera la recogida de setas

El nuevo decreto de aprovechamientos forestales incluye un sistema de certificación para avalar el origen y legalidad de la madera
El presidente de la Xunta en la rueda de prensa tras el Consello de 9 de enero
El presidente de la Xunta en la rueda de prensa tras el Consello de 9 de enero
XUNTA
El presidente de la Xunta en la rueda de prensa tras el Consello de 9 de enero

El Gobierno gallego ha dado luz verde al decreto que actualiza la regulación de los aprovechamientos forestales, en el que se regula por primera vez la recogida de setas y de cortezas de árboles, además de incluir un sistema de certificación para avalar el origen y legalidad de la madera.

Al término de la reunión semanal de su Gobierno, Feijóo ha explicado que el texto, que desarrolla parte de la Ley de Montes, se fija tres retos: dar "mayor seguridad jurídica" a los aprovechamientos forestales, fomentar la "multifuncionalidad" del monte; y ordenar el sector forestal con un registro, el primero, de cooperativas, empresas e industrias que componen el sector.

Con tal fin, el decreto establece en primer lugar "el principio fundamental" de que el dueño del monte es el propietario de los recursos forestales que en el se producen y, por tanto, tiene "derecho a su aprovechamiento". Fija cuatro tipos de aprovechamientos forestales: madereros, de pastos; de cortezas de 'sobreira' -alcornoque- y de setas.

Con respecto a los de madera, Feijóo ha explicado que los que se destinen a uso doméstico en ningún caso podrán superar los diez metros cúbicos anuales por propietario y "se entiende" que no pueden ser objeto de comercialización, por lo que sólo necesitan comunicación a la Administración forestal. El límite para las comunidades de montes se fija en 150 metros cúbicos anuales.

Una vez ejecutado un aprovechamiento de madera, en casos de corta, el dueño del monte deberá desarrollar las actuaciones necesarias para la regeneración de la superficie afectada en un período de tiempo no superior a dos años. Las preventivas sólo necesitarán comunicación previa.

Por otra parte, en los casos de madera quemada, la Xunta podrá requerir al titular del aprovechamiento, cuando lo considere oportuno, que inicie la extracción de la misma en un plazo de seis meses, previo informe del servicio competente en materia de incendios forestales.

PASTOS

El decreto ratifica también que la actividad del pastoreo quedará prohibida "con carácter general" en los montes y terrenos forestales afectados por un incendio durante dos años. En "casos excepcionales" y siempre que concurran determinadas "circunstancias" como la inexistencia de alternativas para el pastoreo en áreas afectadas se podrá autorizar la actividad antes del plazo regulado con carácter general.

Sobre el aprovechamiento de cortezas de alcornoque y de setas, ha enfatizado que se regulan por primera vez. En el caso de las setas, se podrá recoger un máximo de dos kilos por persona y día, siempre que no sean "productos de plantación". La recogida "con interés comercial" exigirá la autorización del propietario del monte.

Asimismo, el dueño del monte podrá acotar una parte o la totalidad de su terreno forestal para prohibir la entrada de personas sin la autorización para la recogida de setas o frutos. Deberá comunicarlo y señalizarlo claramente empleando señales con leyendas similares a: 'Aprovechamiento micológico restringido. Prohibida la recogida de setas sin autorización de la persona propietaria o gestora'.

La recogida para el consumo propio o con fines científicos o didácticos podrá efectuarse sin necesidad de autorización del propietario y siempre fuera de la superficie acotada.

Feijóo ha destacado la importancia de este decreto por el peso de un sector conformado por 3.000 empresas que representan una facturación de 1.700 millones al año y que generan más de 20.000 puestos de trabajo directos.

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