Segundo juicio en menos de un mes por tráfico de drogas contra el exencargado del bar 'Tamberly' de Valladolid

Tras una primera condena de 5 años, se expone a otra de 4 tras ser detenido con sustancias junto a la 'disco' Sweet Ground de La Cistérniga (Sustituir por ésta la anterior noticia sobre el mismo tema, ya que en la primera se indica que el bar es el 'Timberley', cuando en realidad el nombre exacto es 'Tamberly').

Tras una primera condena de 5 años, se expone a otra de 4 tras ser detenido con sustancias junto a la 'disco' Sweet Ground de La Cistérniga

(Sustituir por ésta la anterior noticia sobre el mismo tema, ya que en la primera se indica que el bar es el 'Timberley', cuando en realidad el nombre exacto es 'Tamberly').

La Audiencia de Valladolid ha dejado hoy visto para sentencia el juicio contra el que fuera encargado del bar 'Tamberly' de Valladolid, Fernando R.A, quien se expone a una posible condena de cuatro años de cárcel por un delito de tráfico de drogas cometido el 20 de mayo de 2012, fecha en la que fue interceptado en las cercanías de la discoteca 'Sweet Ground' de La Cistérniga en posesión de distintas sustancias, fundamentalmente anfetaminas (speed).

Se da la circunstancia de que el procesado se sentó hace poco más de un mes en el banquillo por idéntico delito perpetrado en marzo de 2013 cuando entonces regentaba el 'Tamberly', sito en el Centro Comercial Parquesol Plaza, y que le supuso una condena pactada con la Fiscalía de cinco años, frente a los ocho inicialmente pedidos por la acusación pública, por traficar con speed en dicho establecimiento.

Sin embargo, en la presente causa centrada en hechos ocurridos el 20 de mayo de 2012 Fernando R.A, que por aquel entonces aún no había dado el salto a la hostelería, ha mantenido su inocencia y ha alegado que la droga que la Guardia Civil le incautó oculta en la caja de fusibles del Opel Corsa de su propiedad interceptado en las inmediaciones de la 'disco' de La Cistérniga 'Sweet Ground' eran para su propio consumo.

El procesado, en declaraciones recogidas por Europa Press, se ha declarado adicto a las anfetaminas y la cocaína, con consumos de la primera sustancia de entre uno y dos gramos al día, y ha insistido en que la mercancía no estaba preordenada al tráfico sino a su propio consumo, al tiempo que ha explicado que parte de los 664 euros que portaba se los había entregado un amigo en concepto de la renta por el piso que ambos compartían y otra aún mayor que su madre le había anticipado para realizar unas obras en el baño del domicilio de sus progenitores.

Y es que Fernando R.A. ha recordado que por aquel entonces trabajaba como autónomo y realizaba obras de reforma por las que obtenía un sueldo mensual variable que le permitía vivir y costear su adicción. Por ello, ha justificado su presencia el 20 de mayo de 2012 en las inmediaciones de la discoteca de La Cistérniga en el hecho de que su intención era la de dirigirse al Polígono de La Mora, donde, según él, había quedado con una persona para hablar de unas obras.

A

"la fiestuqui"

Uno de los agentes de la Guardia Civil que participó esa mañana en el control aleatorio de vehículos dispuestos en La Cistérniga ha asegurado que el acusado, una vez descubierta la droga en la caja de fusibles del coche, negó inicialmente que las sustancias fueran suyas y manifestó que se dirigía a la discoteca para participar en "la fiestuqui".

Así, la representante de la acusación pública, que no ha aplicado al procesado atenuante o eximente alguna pese a reconocer su condición de toxicómano, ha mantenido su petición de cuatro años de prisión—ha rebajado la multa de 7.000 a 1.000 euros—al considerar acreditada la comisión del delito, tanto por la variedad, distribución y modo de ocultar la droga como por el fraccionamiento del dinero ocupado y el hecho de que fuera interceptado en una zona cercana a la discoteca y su primera manifestación de que iba a la "fiestuqui".

La defensa, por contra, ha solicitado un fallo absolutorio basada en la tesis del autoconsumo y tras advertir, además, de la "mínima o escasísima toxicidad" de la droga intervenida, en referencia a que, por ejemplo, los 20,44 gramos de speed tenían únicamente una pureza del 5,09 por ciento. Ese es el motivo, según la letrada, de que su patrocinado hubiera hecho acopio de una mayor cantidad para lograr el mismo efecto del provocado por una sustancia con mayor pureza.

El acusado tiene pendientes además otras causas, una de ellas que se juzgará el próximo mes de junio por un supuesto robo a una prostituta por el que se expone a otra condena superior a los tres años de cárcel.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento