Una de cada cinco parejas madrileñas pactan ya separación de bienes antes de casarse

  • El 19% de las parejas madrileñas ya acuerda separar sus bienes al contraer matrimonio (4.756 en 2012), frente al 14,7% que lo hacía en 2007.
  • El régimen matrimonial por defecto en Madrid es el de gananciales (los cónyuges comparten sus bienes). Para cambiarlo hay que hacer capitulaciones ante notario.
  • Los sociólogos y notarios creen que va al alza porque los matrimonios ya no se conciben para toda la vida y ambos cónyuges quieren gestionar su propio dinero.
Imagen de archivo de una boda civil.
Imagen de archivo de una boda civil.
GTRES
Imagen de archivo de una boda civil.

Lo tuyo es tuyo y lo mío es mío. Cada vez más parejas madrileñas se plantean este pacto cuando deciden contraer matrimonio. El régimen matrimonial por defecto en Madrid es el de gananciales, es decir, los cónyuges comparten a partes iguales los bienes e ingresos que consigan a partir del momento en que se celebra el enlace. Sin embargo, en los últimos años está aumentando progresivamente el porcentaje de parejas que realizan capitulaciones para cambiar este régimen y acogerse al de separación de bienes, según los datos registrados por los notarios madrileños.

Para cambiar el régimen de gananciales por el de separación de bienes es necesario firmar capitulaciones matrimoniales ante notario. En 2007, un total de 4.218 parejas madrileñas dieron este paso antes de casarse, según los registros del Consejo General del Notariado. Esta cifra representaba un 14,7% de todos los enlaces nupciales que se celebraron en la región durante ese año (28.640, según las estadísticas del INE). En estos años, la tasa no ha dejado de aumentar. En 2011, acordó este régimen el 17,9% de los nuevos matrimonios y en 2012 (último año cerrado disponible) el porcentaje de parejas que pactó separación de bienes ya llegaba al 19% (4.756 matrimonios de los 24.989 que contrajeron nupcias).

"Hemos notado que cada vez vienen más parejas interesadas por el cambio a separación de bienes. Este aumento se debe principalmente a un factor sociológico: ahora los matrimonios son menos convencionales, ya no son para toda la vida. Además, tampoco hay que perder de vista la comodidad a la hora de una hipotética ruptura; el reparto de las propiedades queda mucho más claro. Al fin y al cabo el matrimonio no deja de ser un contrato y hay que tener muy claras las normas", explica Alfonso Madridejos, vicedecano del Colegio Notarial de Madrid.

"Ya no tiene sentido como hace décadas"

Los sociólogos también han percibido que este fenómeno va al alza y lo explican por una triple motivación: "En primer lugar, ahora es menos habitual que los matrimonios permanezcan unidos para toda la vida. Además, los dos miembros de la pareja normalmente ya tienen su propia ocupación, ambos trabajan y ambos tienen sus propios ingresos, por lo que quieren gestionar su propio patrimonio. Y por último está la crisis, que nos ha hecho más conscientes de la posible existencia de problemas económicos", apunta el sociólogo Juan Díez-Nicolás. En su opinión, el régimen de gananciales está abocado a la desaparición: "Hasta hace unas décadas tenía sentido compartir los bienes, porque la mujer no trabajaba y el matrimonio en gananciales era una forma de evitar que la mujer se quedara en la calle si el marido moría", añade Díez-Nicolás.

Ahora, gran parte de las parejas jóvenes prefieren separar lo económico de lo sentimental. Es el caso de Ana D., una madrileña que se casó recientemente por separación de bienes: "Lo comentamos en pareja antes de casarnos y los dos estábamos de acuerdo. Queríamos que quedara constancia de que cada uno tendría su propio patrimonio, porque nunca se sabe lo que va a pasar. No lo hicimos así porque desconfiáramos el uno del otro, ni mucho menos; pero la posibilidad de ruptura en el futuro siempre está ahí y con la separación de bienes se facilitan mucho las cosas".

En cualquier caso, los regímenes económicos matrimoniales no son uniformes en toda España. En la mayor parte del país (incluido Madrid), los bienes gananciales son el sistema al que se acogen las parejas por defecto, a no ser que decidan cambiarlo. Pero en las autonomías de Cataluña, Comunidad Valenciana y Baleares rige el sistema de separación de bienes; mientras que en Aragón, Navarra y la provincia vasca de Vizcaya se asume un régimen intermedio. "Es curioso, porque la separación de bienes es el sistema por defecto en las regiones españolas que históricamente han tenido más comercio y apertura al resto de Europa; mientras que las regiones más tradicionales de la antigua Castilla se siguen rigiendo por los gananciales", apunta Madridejos.

Gananciales o separación

¿Cómo cambiar de régimen?: Para pasar de gananciales a separación de bienes es necesario realizar capitulaciones matrimoniales, un contrato en el que se fijan las normas que regulan la relación económica del matrimonio, según explica el Consejo General del Notariado. Para ello se debe acudir a un notario, que recoge el cambio en unas escrituras públicas (con un coste medio de 60 euros). Las capitulaciones se pueden efectuar antes o después de contraer matrimonio, todas las veces que se desee y siempre con acuerdo entre los cónyuges.

Bienes gananciales: Desde el primer día del matrimonio, pertenece a ambos cónyuges a partes iguales todo el dinero que gane cada miembro de la pareja, los bienes que se adquieran con dicho capital o las deudas que uno de ellos contraiga, ya que el matrimonio se considera en este caso una sociedad. Si el matrimonio quiere vender un bien obtenido con ese dinero debe contar con el consentimiento de ambos cónyuges. Sin embargo, en contra de la opinión extendida, los bienes que se tenían de soltero se consideran privativos, es decir, no entran en la sociedad de gananciales y pertenecen por entero al propio cónyuge. Tampoco se comparten las herencias o donaciones recibidas por un miembro de la pareja a título individual.

Separación de bienes: Cada uno de los contrayentes es dueño de sus propios ingresos y posesiones. De las deudas de cada cónyuge responde uno mismo exclusivamente con sus bienes, sin afectar al esposo o esposa. No existen bienes comunes al matrimonio, aunque la pareja puede pactar reglas intermedias para compartir algunos de sus bienes. Por ejemplo, pueden tener separación de bienes pero acordar, de forma puntual, que pagarán un coche al 50%. Cada vez que se introduce alguna cláusula en el contrato matrimonial se debe firmar una nueva capitulación.

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