Prisión sin fianza para el joven acusado de matar a puñaladas en un chalé de Arnuero a un vecino de Barakaldo

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Santoña (Cantabria) ha decretado prisión provisional comunicada y sin fianza por un presunto delito de asesinato para el hombre acusado de matar a puñaladas a un vecino de Barakaldo en un chalé de Arnuero este pasado sábado.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Santoña (Cantabria) ha decretado prisión provisional comunicada y sin fianza por un presunto delito de asesinato para el hombre acusado de matar a puñaladas a un vecino de Barakaldo en un chalé de Arnuero este pasado sábado.

La titular del Juzgado, hoy en funciones de guardia, ha dictado el auto de prisión tras tomar declaración al detenido, I.F.A., de 27 años, natural de Santander y con domicilio en Laredo, que pasó a disposición judicial este mismo lunes.

Según la juez, en este caso concurren todos los requisitos para dictar prisión provisional para el acusado, ya que de las actuaciones se desprende la existencia de indicios suficientes de criminalidad del imputado respecto a la comisión de un delito de asesinato.

En este sentido, considera que las pruebas apuntan a que el pasado 7 de diciembre, sobre las doce de la mañana, el acusado y el fallecido, J.G.M., de 28 años, domiciliado en Barakaldo (Bizkaia) amigos desde la infancia, acudieron a la casa alquilada por este último para el cultivo de plantas de marihuana, situada en el número 8 de la urbanización Las Ardillas, de la localidad de Castillo, tras tener conocimiento de que las mismas habían desaparecido, algo de lo que se echaban la culpa mutuamente.

Una vez allí, comenzaron una fuerte discusión en la que, al parecer, según sostiene el acusado, el fallecido se hizo con un cuchillo de grandes dimensiones que utilizaban para las labores del cultivo y le agredió, clavándoselo en una mano. Tras el forcejeo, el ahora detenido pudo hacerse con el arma y tras golpear reiteradamente a la víctima, terminó por asestarle un total de 50 puñaladas en distintas partes del cuerpo, especialmente en el tórax y el cuello.

Según el auto, el imputado, tanto en sede policial como judicial, ha mantenido la misma versión según la cual actuó "fuera de sí y en defensa propia", dado que su amigo comenzó a agredirle y tuvo que defenderse.

No obstante, del relato de los hechos que consta en el atestado y señala el propio imputado, resulta que éste "redujo" al fallecido dándole dos patadas en el pecho y "aún así siguió agrediéndole, poniéndole la rodilla sobre el cuello para inmovilizarle y asestarle una pluralidad de puñaladas" hasta que acabó con su vida.

"extrema violencia"

El acusado sostiene —prosigue el auto— que "actuó fuera de sí", ya que ese día, como consecuencia de la situación que estaba viviendo, ya que en todo momento temió por su vida, y que además "no era muy consciente de lo que hacía", dado que no había desayunado, y que había fumado más de cinco gramos de marihuana, "todo le avocó" a acabar con la vida del fallecido, porque "era él o yo".

A pesar de las circunstancias alegadas por el imputado, la juez considera que su relato de los hechos y el conocimiento de los detalles de los mismos, es "plenamente coincidente" con las investigaciones policiales, lo que refleja una "extrema violencia" del acusado en su actuación, quien "siguió apuñalando" al fallecido cuando "ya lo tenía reducido en el suelo y sin posibilidad alguna de defensa".

Por todo ello, y dada la "gravedad" de los hechos imputados, y de la "elevada pena" a la que se enfrenta el acusado, la juez considera que procede acordar la prisión provisional solicitada por el Ministerio Fiscal, al concurrir los requisitos legales para la misma y en aras a evitar tanto su sustracción a la acción de la justicia, como la ocultación de elementos de prueba que pudieran llevar a un mayor esclarecimiento de los hechos.

De ahí que la prisión provisional sin fianza resulta "necesaria, proporcional y adecuada a las circunstancias concurrentes", concluye el auto.

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