El juez, pendiente de unas actas de Valencia para decidir sobre la citación de Camps y otras diligencias

El juez instructor del caso Nóos, José Castro, está pendiente de que la Generalitat Valenciana le remita la totalidad de actas de las reuniones celebradas por el Consorcio Valencia 2007 -creada de cara a la America's Cup de ese año- para decidir en torno a la nueva citación del expresidente valenciano Francisco Camps, así como a la adopción de otras diligencias tendentes a esclarecer cómo fueron gestados los Valencia Summit organizados en 2004, 2005 y 2006 por el Instituto Nóos.
El juez José Castro, bajando la cuesta Juzgados de Palma
El juez José Castro, bajando la cuesta Juzgados de Palma
EUROPA PRESS
El juez José Castro, bajando la cuesta Juzgados de Palma

El juez instructor del caso Nóos, José Castro, está pendiente de que la Generalitat Valenciana le remita la totalidad de actas de las reuniones celebradas por el Consorcio Valencia 2007 -creada de cara a la America's Cup de ese año- para decidir en torno a la nueva citación del expresidente valenciano Francisco Camps, así como a la adopción de otras diligencias tendentes a esclarecer cómo fueron gestados los Valencia Summit organizados en 2004, 2005 y 2006 por el Instituto Nóos.

Así lo han informado fuentes de la causa a Europa Press, que han precisado que una vez el magistrado tenga en sus manos esta documentación volverá a citar a Camps para interrogarle, por escrito y en calidad de testigo, sobre su participación en las negociaciones previas a la organización de los Valencia Summit -por los que el Instituto Nóos percibió alrededor de 3,6 millones de euros públicos-, y decidirá si emplaza a declarar a varios testigos propuestos por el exdirector general de Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA) Jorge Vela.

En concreto, el magistrado solicitó las actas del Consorcio Valencia 2007 relativas a los años 2004, 2005 y 2006, después de que la defensa de Vela presentase al juez un escrito en el que señalaba que esta entidad "desempeñó un papel, bien sea periférico o nuclear, en las decisiones atinentes en los Valencia Summit". Entre sus miembros figuraban, por parte del Ayuntamiento, la alcaldesa Rita Barberá, José Salinas y Alfonso Grau; y Gerardo Camps, Luis Lobón, Eugenio Pérez y Nicolás Figueras por parte de la Generalitat.

Vela aportó junto a su escrito hasta un total de 29 correos electrónicos relacionados con la génesis de los Valencia Summit, en uno de los cuales el asesor en la Secretaría Autonómica de Eventos y Proyectos y del Comisionado para la Copa América en el gabinete del presidente de la Generalitat, Nicolás Figueras, trasladaba "órdenes directas" a la responsable de gabinete del director general de CACSA, Carmen Descals, procedentes del exconseller de Economía Gerardo Camps.

En concreto, en el email, fechado el 30 de septiembre de 2005, Figueras señalaba: "Carmen, las directrices del conseller fueron claras, hacer lo que haga el Ayuntamiento, por lo que si hay que incluir el tope de suplidos se incluyen".

Al margen de Figueras y Descals, Vela proponía que sean citados a declarar como testigos Amparo Porrás, adscrita a CACSA; Jaume Mata, adscrito a la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB); María Francisca Llacer, Amparo Castellano y Eugenio Pérez.

Jorge vela:

"todo estaba cerrado 'A PRIORI'"

El exdirector general de CACSA aseveraba que los correos que ha aportado a la causa evidencian que "todo estaba cerrado 'a priori' desde el primer convenio, con un papel predominante del Ayuntamiento a través de la FTVCB, utilizando a CACSA como mero instrumento de la Generalitat Valenciana" -el convenio de 2004 y sus dos addendas posteriores fueron rubricados por el Instituto Nóos, la FTVCB y Ciudad de las Artes y las Ciencias-.

En relación con Francisco Camps, quien el pasado 16 de septiembre estaba citado a declarar por escrito si bien no pudo ser localizado, el juez Castro le apercibía mediante una providencia de que cuando sea citado a declarar lo haga en presencia de secretaria judicial para que no sea "influenciado por terceras personas", e "inexcusablemente" en un despacho de carácter judicial.

En la resolución aseveraba que, habida cuenta de la "falta de regulación normativa" que deben concurrir en una toma de declaración por escrito, "sí es obligada" en cualquier caso la asistencia de la secretaria judicial "para dar fe de las preguntas que se formulan, de la fehaciencia del escrito que las contesta" y de que el testigo "no podrá comunicarse ni recibir asesoramiento de terceras personas".

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