El TSJCV resolverá sobre las medidas cautelares pedidas por el PSPV tras dar trámite a Abogacía para alegaciones

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana resolverá sobre las medidas cautelares solicitadas por el PSPV en relación con la decisión del Consell de cesar las emisiones de Radio Televisión Valenciana (RTVV) SAU una vez los recurrentes resuelvan un defecto formal en relación con el poder otorgado al procurador que les debe representar en el proceso y tras el plazo de diez días que la ley establece para que la Abogacía de la Generalitat presente sus alegaciones.

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana resolverá sobre las medidas cautelares solicitadas por el PSPV en relación con la decisión del Consell de cesar las emisiones de Radio Televisión Valenciana (RTVV) SAU una vez los recurrentes resuelvan un defecto formal en relación con el poder otorgado al procurador que les debe representar en el proceso y tras el plazo de diez días que la ley establece para que la Abogacía de la Generalitat presente sus alegaciones.

El PSPV, a través de su secretario general, anunció el pasado viernes, fecha en la que RTVV fue a negro, la interposición de medidas "cautelarísimas" en relación con el cierre. Según ha informado este martes el TSJCV, la sala ha recibido en este jornada el recurso interpuesto por tres diputados socialistas contra el acuerdo del Consell en el que se decidió el cierre, en el que piden como "medida cautelar" —no cautelarísima— la suspensión de la ejecutividad del acto administrativo impugnado y la inmediata reanudación de las emisiones y suspensión de toda orden de desalojo de los locales.

La sala ha instado a los recurrentes a resolver un "defecto formal" relativo al poder otorgado al procurador que ha de representarles en el procedimiento judicial. Una vez subsanado, el tribunal dará trámite a la solicitud de medidas cautelares para lo que tendrá, que conceder, según establece la ley, un plazo de diez días a la Abogacía de la Generalitat para que formule alegaciones ante esa petición. Con posterioridad, el TSJCV resolverá.

Derecho fundamental

En el escrito, presentado en el Registro Único de Entrada (RUE) de los juzgados, los socialistas alegaban que el acuerdo del Consell "viene a suprimir un derecho fundamental recogido tanto en nuestra Constitución como en nuestro Estatuto de Autonomía, del derecho a la información, derecho que claramente se conculca, con la supresión del único medio público de ámbito comunitario".

En esta línea, añadía que el cierre está motivado por "un claro fraude de ley, toda vez que viene en respuesta a la orden judicial de readmisión de los trabajadores y, en un claro intento de desobediencia a la misma, se suprime el órgano que los acoge".

El PSPV alegaba también que la orden de cierre adolece de un claro defecto de forma "que la invalida de forma automática, pues nuevamente, en un intento de evadir la legalidad vigente, tanto administrativa como mercantil, de forma fraudulenta, por parte del Consell de la Generalitat, se nombran tres liquidadores del ente público RTVV" y dicta el decreto impugnado "a todas luces contra la legalidad vigente" y sostenía con la suspensión de imágenes "se conculca el derecho fundamental a la información de irreparable restitución".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento