La Generalitat regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental

El pleno del Consell ha aprobado este viernes el decreto que regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana y el procedimiento de emisión y renovación del Título de Familia Monoparental.
José Císcar en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell
José Císcar en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell
JOSÉ ANTONIO CALAHORRO/GVA
José Císcar en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell

El pleno del Consell ha aprobado este viernes el decreto que regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana y el procedimiento de emisión y renovación del Título de Familia Monoparental.

Así lo ha explicado en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell el vicepresidente y portavoz, José Císcar, quien ha indicado que se expedirá el Título de Familia Monoparental y los carnés individuales para todas las personas integrantes de este tipo de unidad familiar.

Este decreto define y establece las condiciones que deben reunir las unidades familiares para poder ser consideradas como familia monoparental por primera vez en la Comunitat Valenciana. Asimismo, regula el procedimiento para crear un Registro de Familias Monoparentales en la Comunitat.

Según el decreto, se considerará familia monoparental aquella en la que los hijos únicamente estén reconocidos legalmente por el padre o la madre y la constituida por una persona viuda o en situación equiparada con hijos que dependan económicamente de ella, al margen de que reciba pensión de viudedad u orfandad.

También se reconocerá como tal aquella en la que el progenitor que ostenta la guarda o custodia de los hijos no haya percibido la pensión de manutención, establecida judicialmente o en convenio regulador, durante tres meses consecutivos o alternos en el periodo de los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud.

Finalmente, se reconocerá como familia monoparental aquella en la que una persona acoja a algún menor, por resolución administrativa o judicial, por un año o superior a este periodo.

Beneficios para estas familias

Una vez reconocido y acreditado el hecho diferencial de esta tipología de familia, el decreto faculta a la Generalitat a estudiar sus necesidades específicas y promover beneficios y ventajas para las familias con título de familia monoparental.

Preguntado por los beneficios que obtendrán estas familias, José Císcar ha señalado que esta cuestión queda por determinar. No obstante, ha destacado que "casi con toda probabilidad" se tratará d "equiparar los beneficios que tienen las familias numerosas".

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