Magistrados de las audiencias provinciales de Sevilla y Burgos analizan la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal

El Instituto de Estudios Cajasol ha celebrado este viernes una jornada sobre 'La Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal' organizada en colaboración con el Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla, que ha contado con las ponencias del presidente de la Audiencia Provincial de Burgos, Juan Miguel Carreras Marañas, y el magistrado de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla Fernando Sanz Talayero.

El Instituto de Estudios Cajasol ha celebrado este viernes una jornada sobre 'La Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal' organizada en colaboración con el Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla, que ha contado con las ponencias del presidente de la Audiencia Provincial de Burgos, Juan Miguel Carreras Marañas, y el magistrado de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla Fernando Sanz Talayero.

Los más de 120 asistentes a la jornada, en su mayoría administradores de fincas, han podido conocer cuáles son las principales modificaciones introducidas con la entrada en vigor de la Ley 8/2013, que, según Juan Miguel Carreras, "marca un antes y un después porque afecta a toda la sociedad, presentando ventajas sobre todo en lo referente a la mejora de la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas en edificios", mientras que "se elimina también el régimen de mayoría que anteriormente podía bloquear el proceso de toma de decisiones en comunidades de vecinos".

Según ha informado en una nota el Instituto de Estudios Cajasol, el magistrado ha añadido que esta reforma "pretende ser un mecanismo de dinamización económica a través de procesos de rehabilitación que impulsen el sector de la construcción". Como factor negativo, el presidente de la Audiencia Provincial de Burgos ha apuntado que la reforma trae asociada también una "excesiva burocratización de las comunidades de vecinos".

Por su parte, Fernando Sanz ha apuntado cómo esta ley "expande a tres años anteriores a la transmisión del inmueble el tiempo de garantía que la comunidad puede reclamar de cuotas impagadas", similar a "una hipoteca legal, donde si hay deuda responde la vivienda", pudiéndose llegar a vender ésta en subasta pública por impago.

El magistrado también ha añadido que se trata de "una ley ambiciosa con unos objetivos encomiables", recordando que otro punto en el que supone una mejora es la "mejora de la eficiencia, especialmente en términos de aislamiento y no emisión de gases contaminantes".

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