La Audiencia excarcela a cuatro etarras y una grapo que cumplían condena en las cárceles andaluzas

Decide poner en libertad a un total de 13 etarras, la grapo y un condenado en Bolivia

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado este jueves la excarcelación de otros 13 etarras, una integrante del Grapo y un condenado por varios asesinatos en Bolivia a los que se aplicó la 'doctrina Parot', cuestionada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), para alargar su estancia en prisión. Cuatro de los etarras, así como la grapo cumplían condena en las cárceles de Cádiz, Algeciras y Granada.

Tras examinar durante algo más de una hora y media un total de 15 recursos, dos más de los inicialmente previstos, los 16 magistrados de la Sala (faltaba José Ricardo de Prada) han acordado por unanimidad la puesta en libertad de estos reclusos y la extinción de sus responsabilidades penales, tal y como solicitó la Fiscalía en consonancia con el criterio adoptado el pasado martes por el Tribunal Supremo.

Uno de los terroristas que ha sido excarcelado este jueves es José Antonio López Ruiz, alias 'Kubati', que suma 21 víctimas en su 'currículum' criminal. 'Kubati', que lleva 26 años en prisión, está condenado a 1.210 años y once meses y estaría en libertad desde el año 2006 de no ser por la 'doctrina Parot'. Está ingresado en Puerto I, en El Puerto de Santa María (Cádiz).

Entre otros asesinatos, fue condenado por el de la disidente etarra María Dolores González, 'Yoyes', o el del general de Brigada Rafael Garrido, su mujer y su hijo, además de una mujer que transitaba por la zona y falleció a causa de las heridas producidas por la bomba.

En la prisión de Botafuegos, en Algeciras (Cádiz), se encuentra otra de los etarras que saldrá de prisión, Inmaculada Noble, que era compañera de comando de Inés del Río Prada, José Ignacio de Juana Chaos (del que era pareja sentimental) y Antonio Troitiño, integrantes del 'comando Madrid' con más asesinatos. Junto a ellos fue condenada por el atentado con coche bomba en la calle de Juan Bravo de Madrid donde en 1986 asesinaron a cinco guardias civiles e hirieron gravemente a otros cuatro.

El mismo grupo de etarras asesinaron meses después a los militares Sáenz de Ynestrillas, Casilla Martín y Carlos Vesteiro en las inmediaciones del estadio Vicente Calderón. Por estos hechos también fue condenada Noble, que suma 325 años de pena por los que ha pasado 26 en la cárcel. De no ser por la aplicación de la doctrina Parot, estaría en libertad desde 2008.

José Félix Zabarte Jainaga es otro de los etarras sanguinarios de este grupo. Hasta ahora estaba ingresado en la cárcel de Puerto III, en la localidad gaditana de El Puerto, donde se agrupa a los etarras más irredentos, y ha quedado puesto en libertad.

Fue condenado a 262 años de condena y un día por siete asesinatos, entre ellos, el del Policía Nacional Julio Segarra en Bilbao en 1983, quien fue asesinado junto a su esposa embarazada, según los datos recogidos por Europa Press. Ha pasado los últimos 27 años en la cárcel. Estaría en libertad desde 2008 de no ser por la aplicación de la doctrina ahora derogada.

Sin condenas por víctimas mortales, cumplía condena en la prisión de Albolote (Granada), Maritxu Urkudun Etxenagusia, otra de las excarceladas. Pese a ello fue condenada a 73 años y cinco meses de cárcel por diversas actividades relacionadas con ETA, de los cuales ha cumplido 22. De no ser por la Doctrina Parot, habría salido en libertad en 2009.

En la cárcel granadina también se encuentra otra excarcelada este jueves, la integrante de los Grapo Olga Oliveira. De 53 años de edad, fue detenida en 1990 por lo que lleva 23 años en prisión en los que ha llevado a cabo varias huelgas de hambre. Fue condenada por el asesinato del coronel Manuel López Muñoz el 15 de junio de 1990 en Valladolid.

De esta forma, son ya 26 los asesinos (24 de ellos etarras) que han sido excarcelados por la Audiencia Nacional desde que el pasado 21 de octubre el Tribunal de Estrasburgo condenara a España por aplicar de forma retroactiva la 'doctrina Parot' a la etarra del 'comando Madrid' Inés del Río.

Decidirán las secciones

El Pleno también ha acordado que a partir de ahora las peticiones de excarcelaciones que todavía están pendientes sean resueltas por las cuatro Secciones que componen la Sala de lo Penal, de acuerdo a estos mismos criterios.

En los casos de etarras que pidieron amparo al Tribunal Constitucional y solicitaron la excarcelación en la Audiencia Nacional, el Pleno ha decidido preguntar a la Fiscalía si procede acordar su salida de prisión y poner esta decisión en conocimiento del tribunal de garantías.

La Sala de lo Penal no ha valorado la situación del también miembro de los Grapo Laureano Ortega, condenado por el asesinato del empresario Claudio San Martín en 1988, aunque su caso se estudiará por acumulación de condenas y no por la aplicación de la 'doctrina Parot'.

Once etarras ya estaban libres

Tras la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que el pasado 21 de octubre dio la razón a la miembro del 'comando Madrid' Inés del Río, que fue puesta en libertad al día siguiente, la Audiencia Nacional acordó la excarcelación de otros diez etarras, entre los cuales se encontraba Domingo Troitiño, autor del atentado que costó la vida en 1987 a 21 personas en el centro comercial Hipercor de Barcelona.

Además de Del Río y Trotiño, la Audiencia Nacional ha puesto en libertad a los también etarras Juan Manuel Píriz López, Jon Koldo Aguinagalde Urrestarazu, Luis María Azkargorta Belategi, Isidro María Garalde Bedialauneta, Jokin Mirena Sancho, José Ignacio Urdiain Ciriza, Joseba Koldobika Artola, Elías Fernández Castañares y Juan Francisco Gómez López.

En estos casos, la mayoría del Pleno, formada por nueve magistrados, argumentó que no se podía "demorar una privación de libertad irregular" con el pretexto de esperar la decisión que debía adoptar el Tribunal Supremo cuatro días después. Los ocho jueces de la minoría creen que la sentencia de Estrasburgo es de obligado cumplimiento aunque su ejecución no debería corresponder a la Audiencia Nacional.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo decidió este martes, por doce votos frente a cuatro, que debe ser cada tribunal sentenciador el que dirima el alcance de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo respecto de los presos a los que se aplicó la 'doctrina Parot', cuya aplicación da por anulada para todas las sentencias condenatorias en ejecución dictadas antes del 28 de febrero de 2006.

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