La Audiencia ordena al juzgado reabrir la causa contra cuatro exdirectivos del Valencia por supuesto delito societario

Cree que se debe investigar qué se hizo con los 75 millones del préstamo de Bancaja para la ampliación de capital del club en 2009

La sección tercera de la Audiencia de Valencia ha decidido que se reabra una causa contra cuatro exdirectivos del Valencia C.F. por un presunto delito societario en relación con la querella interpuesta por un grupo de socios del club que denunciaba que los 75 millones del préstamo de Bancaja para la ampliación de capital fueron destinados a "elevados pagos a dirigentes" que "no deberían haberse satisfecho" por el "mal estado económico" de la entidad.

Así consta en un auto, de fecha 11 de noviembre, en el que la sala estima un recurso de apelación de un grupo de socios contra una resolución del juzgado de instrucción número 3 que el pasado 15 de julio rechazó una querella por delito societario —dirigida contra el expresidente y exvicepresidente del club, Manuel Llorente y Javier Gómez; el responsable de la fundación, Társilo Piles y el expresidente de Bancaja, José Luis Olivas— y acordó el archivo de la causa. Un día antes, este mismo órgano judicial había acordado que los querellantes acreditasen su condición de socios de la entidad o prestasen fianza, una decisión que sí que confirma.

La sala considera que, en este caso y desde un plano "meramente hipótetico", "si fuese cierta la hipótesis planteada en el escrito de querella", los hechos podrían ser constitutivos de delito, por lo que se estima "razonable" iniciar una causa criminal para investigar la realidad de la denuncia de los querellantes.

Los querellantes argumentaron que los dirigentes del Valencia C.F. decidieron celebrar una junta general para aprobar una ampliación de capital por 92.421.780 euros "como instrumento para regularizar la situación económica" de la entidad mediante un plan de viabilidad financiera a ejecutar en un plazo de tres años.

De acuerdo con la querella, el 7 de junio de 2009 se aprobó la ampliación de capital, que se realizaría ofreciendo a los socios la suscripción de las acciones correspondientes y el sobrante no vendido sería ofrecido después al público en general.

Los querellantes sostienen que los querellados —como responsables máximos del Valencia, de Bancaja y de la Fundación Valencia, decidieron que esta última entidad, integrada por los directivos del club, adquiriese el sobrante de acciones, para lo que convinieron en que Bancaja concedería un préstamo de 75 millones, con el aval del Instituto Valenciano de Finanzas, con lo que se hizo con la mayoría del capital social, cifrada en un 72,8 por ciento.

Según la querella, el dinero obtenido "fue destinado a elevados pagos a dirigentes del Valencia C.F., que no deberían hacerse satisfecho si se tiene presente el mal estado económico de dicha entidad". Además, alegaban que el préstamo generaba unos intereses que la fundación no tenía capacidad de pagar al no generar ningún ingreso. Por ello, sostenían que se había producido un "grave perjuicio económico" para el Valencia y sus socios.

Delito del 295

Del código penal

Todo ello, recoge la sala, induciría a pensar en la "posible perpetración" de un delito del artículo 295 del Código Penal, que sanciona a los administradores de una sociedad que, en beneficio propio o de un tercer, dispongan fraudulentamente de los bienes de la sociedad o contraigan obligaciones a cargo de ella con perjuicio para los socios.

Así, señala que si se obtuvo un préstamo de 75 millones, "una muy relevante cantidad de dinero", sin que la fundación tuviera capacidad para devolverla o pagar intereses y si se dispuso de una parte de él para "finalidades diferentes de conseguir el éxito del plan de viabilidad, es factible pensar a nivel hipotético en la causación de un perjuicio a los socios como consecuencia de una gestión social incorrecta".

Por ello, cree "prudente" iniciar una acción penal para investigar la realidad de esta hipótesis, y analizar "qué se ha hecho" con los 75 millones de euros, que se deberán valorar percialmente con el correspondiente dictamen. Asimismo, sostiene que los dirigentes del Valencia y de la Fundación tendrá que explicar "con el suficiente detalle" a qué finalidades se destinó el préstamo, para que se "disipe cualquier duda" sobre si se causó algún perjuicio a los socios.

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