Condenado a seis años de cárcel por causar lesiones graves a un hombre con un tetrabrik bomba

  • Ha sido condenado a seis años y tres meses de prisión.
  • Agredió y lesionó a un hombre por una deuda económica.
  • La víctima sufrió la amputación de dos dedos y heridas por todo el cuerpo.

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a seis años y tres meses de prisión a un acusado de lesionar con un "tetrabrik bomba" a un hombre al que le reclamaba una deuda a raíz de una reclamación fiscal de Hacienda que el acusado entendía que debía pagar la empresa de la víctima.

La sentencia declara probado que el acusado, José Luis A.C., colocó poco antes de las siete de la mañana del 22 de junio de 2007 un artefacto explosivo camuflado en el interior de un tetrabrik de leche en el manillar de la puerta del conductor de la furgoneta de una empresa que conducía habitualmente la víctima, D.J.G..

El vehículo estaba aparcado junto al domicilio de la víctima, en la calle de Alcalá de Guadaira de Madrid.

Añade que el acusado había confeccionado el artefacto explosivo mediante una mezcla de clorato potásico, azúcares y azufre dentro de un tubo metálico con conexión a dos pilas de nueve voltios y un cableado, lo que introdujo en el tetrabrik. Su objetivo era que explotara cuando D.J.G. tocase el tetrabrik para retirarlo y abrir el vehículo.

Para que no levantara sospechas el acusado colocó otro tetrabrik igual encima del parabrisas delantero de la furgoneta.

De esta forma cuando D.J.G. abrió la puerta de la furgoneta activó el sistema de iniciación eléctrico del artefacto, que estalló.

A consecuencia de la deflagración D.J.G sufrió fracturas en una mano con amputación de las falanges de dos dedos y traumatismo abdominal, torácico y acústico.

Declarado discapacitado permanente total

Además, se le tuvo que extraer metralla y reconstruir la mano derecha, y tardo en curar 120 días, todos los cuales estuvo impedido para sus ocupaciones habituales, 21 de ellos hospitalizado, le ha quedado como secuela un perjuicio estético importante y ha sido declarado incapacitado permanente total para su profesión habitual al ser diestro.

La Audiencia condena al acusado a la pena referida como autor de un delito de lesiones con la agravante de alevosía y de otro de daños y además le impone el pago de una indemnización a la víctima de algo más de 286.000 euros y otra a la empresa propietaria de la furgoneta superior a 1.200.

No obstante es absuelto del delito de tenencia de sustancias explosivas ya que la Sala estima que la confección del artefacto, "absolutamente doméstico", forma parte de una misma "progresión delictiva" por la que ya es condenado.

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